Caminar por una banqueta, cruzar una calle o utilizar el transporte público puede convertirse en un desafío para las personas con discapacidad cuando el entorno urbano carece de condiciones adecuadas de accesibilidad.
En México, el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) registró 6 millones 179 mil 890 personas con discapacidad, equivalentes al 4.9% de la población. Además, 13 millones 934 mil 448 personas reportaron alguna limitación para realizar actividades cotidianas. En conjunto, las personas con discapacidad, limitación o algún problema o condición mental representaron 16.5% de la población del país.
La accesibilidad es un derecho
La falta de rampas adecuadas, banquetas deterioradas, obstáculos en las vías peatonales, señalización insuficiente o sistemas de transporte que no contemplan distintas necesidades de movilidad puede dificultar que una persona se desplace de manera independiente.
La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece que este sector tiene derecho a la accesibilidad universal y señala que deben existir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras. También establece obligaciones relacionadas con la accesibilidad en la infraestructura básica, el equipamiento, el entorno urbano y los espacios públicos.
El artículo 17 de esta legislación contempla que la accesibilidad debe tener carácter universal y obligatorio, además de incorporar elementos como señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías, sistema Braille, lengua de señas mexicana y otras ayudas técnicas.
Transporte y espacio público, pendientes para la inclusión
La accesibilidad urbana no se limita a la infraestructura peatonal. El transporte público también forma parte de las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad puedan estudiar, trabajar, acudir a servicios de salud y desarrollar sus actividades cotidianas con autonomía.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 9 que los Estados deben adoptar medidas para garantizar, en igualdad de condiciones, el acceso al entorno físico, el transporte y los servicios e instalaciones abiertos al público, tanto en zonas urbanas como rurales.
Por ello, garantizar la accesibilidad implica identificar y eliminar barreras en calles, vías públicas, edificios, transporte y otros espacios de uso público.
Una ciudad accesible requiere planeación
La accesibilidad universal demanda que las obras y adecuaciones urbanas consideren desde su diseño las necesidades de las personas con discapacidad, en lugar de limitarse a realizar modificaciones posteriores.
La legislación mexicana establece que las autoridades federales, estatales y municipales deben vigilar el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con accesibilidad y desarrollo urbano.
Construir entornos accesibles permite avanzar hacia una movilidad en la que las personas con discapacidad puedan desplazarse con autonomía, seguridad y dignidad, y ejercer derechos como la educación, el trabajo, la salud y la participación en la vida pública.
