Por unanimidad de votos, el Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del estado de Puebla, aprobó la reforma al Poder Judicial propuesta por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, en la que destaca el principio de la paridad de género, la posibilidad de que ciudadanos impugnen leyes estatales y la prohibición de la reelección del presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
Los legisladores poblanos avalaron, durante sesión ordinaria, modificaciones a la Constitución Política del estado de Puebla, en sus artículos 12, 37, 57, 61, 86, 87, 88, 90, 91 y 94.
En estos están incluidas las causales para sancionar a magistrados y consejeros de la Judicatura por denegación grave de justicia, por incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial y/o por violaciones a las reglas de conflicto de interés.
Cabe señalar que la iniciativa fue modificada para incluir propuestas que presentaron diputados de los grupos parlamentarios del PAN, del PRI y de Morena.
Estas permiten que el Congreso no procederá de facto a la destitución de magistrados, pues se iniciará un procedimiento de responsabilidades que será sustanciado y resuelto por el Consejo de la Judicatura. Se deberá informar sobre esto al Poder Legislativo para que imponga sanciones.
Sala Constitucional para resolver controversias de Municipios
Con esta reforma se crea la Sala Constitucional, adscrita al Poder Judicial, pero independiente del TSJ, la cual resolverá controversias que promuevan los presidentes municipales o el 33% de los integrantes de los Cabildos contra los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas, cuando sean contrarias a la Constitución Política del estado.
La sala contará con cinco magistrados; mientras que el Consejo de la Judicatura contará con una Escuela Estatal de Formación Judicial y el Instituto de Defensoría Pública, que pasa del Poder Ejecutivo al Judicial.
Además, se crea el mecanismo de responsabilidad para magistrados y consejeros de la Judicatura, independiente del juicio político por denegación de justicia, conflicto de interés o impedimento.
La reforma permite que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, de la Sala Constitucional y del Tribunal de Justicia Administrativa duren en el cargo 15 años.