El Periódico Oficial del Estado (POE) de Puebla publicó este viernes 11 de julio, las modificaciones al artículo 480 del Código Penal sobre el delito de ciberasedio. Estas reformas fueron aprobadas por el Congreso local con 34 votos a favor y 6 en contra.
La nueva redacción del artículo, quedó de la siguiente manera:
“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
Para determinar la existencia del delito, la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos.
Se perseguirá a petición de parte, salvo que la víctima sea niña, niño, adolescente, persona con discapacidad o exista una relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso será perseguible de oficio.
“A la persona responsable de la conducta descrita en el párrafo anterior se le impondrá la pena de once meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito”.
“Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima”.
Asimismo, la pena mínima se redujo de 11 meses a 6 meses de prisión, mientras que la máxima sigue siendo de 3 años.
La reforma también excluye “las manifestaciones o críticas que estén orientadas a satisfacer un interés público, garantizar el desarrollo democrático o traten del escrutinio de cualquier órgano del Estado o persona servidora pública, y todas aquellas expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales en la materia y demás disposiciones aplicables”.
🔴📄 ¡Ya es oficial!
Se publicó en el Periódico Oficial del Estado la reforma al artículo 480 del Código Penal de #Puebla para sancionar el #ciberasedio.
La medida fue aprobada este jueves por los diputados.#RetoDiario pic.twitter.com/sDrGcuz4kM
— RETO diario (@retodiariomx) July 11, 2025