El Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla exhorta a las personas morales a realizar su declaración anual antes del 31 de marzo que vence el plazo; sin embargo, al ser un día inhábil se extiende al 1 de abril.
Cabe explicar que, los primeros meses del año se lleva a cabo la declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual es un trámite obligatorio que realizan los contribuyentes ante el organismo encargado de la recaudación de impuestos en el país.
La declaración es un informe que los contribuyentes presentan anualmente para informar sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos durante el ejercicio fiscal.
Por ello, las empresas omisas que no entreguen en tiempo y forma su reporte financiero quedarán inhabilitadas para facturar y serán acreedoras a multas económicas que van de los dos mil a los 37 mil pesos.
Mientras que, las personas físicas deberán emitir su declaración anual antes del 30 de abril, y con ello podrán tramitar su devolución de saldo a favor, por la compra de anteojos, gastos hospitalarios y otros conceptos.
El Colegio de Contadores Públicos del estado de #Puebla invitó a las personas morales a realizar su declaración anual antes del 31 de marzo para evitar inconvenientes 📄 |#Noticias #RetoDiario pic.twitter.com/zc2zs5drXF
— RETO diario (@retodiariomx) March 25, 2024
En caso de no hacerlo podrán ser sancionados con hasta cinco mil pesos, por lo que es necesario que todos los datos personales estén actualizados, así como su firma electrónica la cual tiene una vigencia de cuatro años.
Las personas fisicas que están obligadas a presentar su declaración anual son las que hayan obtenido ingresos como: sueldos, salarios y asimilados, honorarios, arrendamiento, enajenación de bienes,enajenación de acciones en bolsa de valores, adquisición de bienes, intereses, premios, dividendos, demás ingresos, ISR REFIPRES, RIF con Coeficiente de Utilidad, contribuyentes que obtuvieron ingresos mayores a 400,000 pesos en el año, si trabajaste para dos o más patrones en el año, a pesar de no haber rebasado la cantidad antes mencionada, si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre y las personas que obtuvieron otros ingresos.
Los requisitos de las personas físicas para presentar la declaración anual son:
- Tener actualizados los datos personales
- Firma electrónica
- Resumen de los ingresos
Mientras que, para las personas morales son:
- RFC
- Firma electrónica
- Homoclave de 13 dígitos
- Información del monto de ingresos
- Deducciones
- Coeficiente de utilidad
- Impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros y
- Servicio de banca electrónica para hacer transferencias electrónicas
El Colegio de Contadores recomendó tanto a las personas físicas como morales solicitar ayuda profesional para entregar su informe correctamente. Finalmente, comentaron que la situación de las empresas ante el aumento del salario mínimo, puede ser insostenible para algunas.