Con 460 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa del legislador Mario Riestra Piña, por la que se reforma el artículo 15 del Código Penal Federal, con la finalidad de sustituir el término “desarrollo intelectual retardado” en dicha normativa, por el de “discapacidad intelectual”, debido a que el término “retardado” se considera discriminatorio.
En la exposición de motivos de la enmienda promovida por el diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), refirió que la fracción VII del artículo 15 del Código Penal Federal aun contempla el término “desarrollo intelectual retardado”, esto a pesar de que los términos retraso, retardo y sus derivados fueron reemplazados por tener una connotación discriminatoria y peyorativa.
El congresista por el Distrito 12 exigió que es indispensable que ninguna normativa contemple dichas palabras.
“Como legisladores, es nuestra obligación privilegiar la no discriminación como un principio que tiene como objeto prevenir y eliminar todas sus formas que se ejerzan contra cualquier persona”, expresó.
Riestra Piña sostuvo el uso del lenguaje es primordial para privilegiar la no discriminación, debido a que las palabras idiotismo, retraso mental, lento aprendizaje son palabras discriminatorias que lamentablemente se emplean para describir a personas con discapacidad intelectual.
Es por ello, dijo, que, en esta Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad, es sumamente importante armonizar la legislación para que no se empleen términos discriminatorios o peyorativos en la legislación mexicana.