En el PAN poblano hay una misoginia latente, aunque no se expresa con un discurso machista, se observa en los hechos, ya que a las mujeres no se les permite tan fácilmente acceder a las principales posiciones políticas. Esa condición es la que está obligando a regañadientes al partido de la derecha a decidir que la candidatura a la alcaldía de la ciudad de Puebla tiene que ser para el género femenino, pues el albiazul corre el riesgo de que si no lo hace de motu proprio, lo acaben obligando en los tribunales electorales.
La razón de peso para que se llegara a esa condición es muy clara: la única vez que el PAN ha postulado a una mujer a la alcaldía de la ciudad de Puebla fue hace 37 años, en la figura de Ana Teresa Aranda Orozco, quien en 1989 se midió en las urnas contra el priista Marco Antonio Rojas Flores, quien ganó aquella contienda.
En el resto de la historia de este partido esa postulación siempre ha sido para un hombre.
Es decir, hay una “propensión histórica” a únicamente favorecer al género masculino en la designación de candidatos a la alcaldía de la capital.
Y esa situación podría ser sancionada por la justicia electoral obligando al PAN a ejecutar una “reivindicación histórica” para que la candidatura de la Angelópolis sea para una mujer, sin importar que el proceso interno del partido para designar al abanderado lo haya ganado un hombre.
Desde finales del pasado mes de mayo, la dirigencia panista en el estado señaló que se estaba “previendo la eventualidad” de postular a una mujer como aspirante a la Presidencia Municipal de la capital.
Se ha manejado el argumento que es por un tema de competencia política, porque ahora son más votadas las mujeres que los hombres.
El anterior argumento es solo “una fachada”, pues la verdadera razón es otra.
En el PAN se hizo un análisis jurídico y se llegó a la conclusión de que hay todas las condiciones para que, por la vía de los tribunales, se obligue al partido a entregar la nominación a una figura del género femenino.
Todo ello bajo dos figuras jurídicas: la de la “reivindicación histórica” y la de “propensión histórica”.
Sería la segunda vez
Para entender lo anterior es necesario remitirse a lo que pasó el 8 de septiembre del año pasado. En esa ocasión el exregidor Manuel Herrera Rojas ganó por un amplio margen la presidencia del Comité Municipal del PAN en la capital, al obtener mil 071 votos en contra de la aspirante Guadalupe Leal Rodríguez, quien se quedó con 662 sufragios.
Aunque no hubo ninguna anomalía en el proceso interno del PAN, el resultado fue impugnado ante el Tribunal Estatal Electoral y de manera sorpresiva, para los panistas, la instancia judicial acabó anulado el proceso interno del partido de la derecha.
El razonamiento de los magistrados fue muy claro: en toda la historia del PAN en el estado de Puebla, la dirigencia del albiazul en la capital nunca la ha encabezado una mujer, siempre ha sido una posición para algún hombre.
Por tanto, el PAN estaba obligado a que, en el proceso interno de 2025, se tenía que haber emitido una convocatoria para elegir necesariamente a una fémina como líder de esta fuerza política en la Angelópolis.
Al no haberlo hecho así, el PAN omitió garantizar la alternancia de género entre su propia militancia.
Semanas más tarde, en una segunda instancia jurídica, que fue la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se ratificó la anulación de la elección panista, mediante otro razonamiento.
En el segundo fallo se estableció que, aunque una mujer en algún momento hubiera ocupado la dirigencia del PAN en la ciudad de Puebla, el partido estaba obligado a eliminar “la propensión histórica” de que ese cargo parece reservado al género masculino.
Para lo cual, en la sentencia SUP-JDC-989/2024 de la Sala Superior del TEPJF, se estableció que: cuando existe una “exclusión histórica y sistemática de las mujeres” en un partido político, puede justificarse una medida que privilegie –a las féminas– el acceso a cargos de liderazgo político de los cuáles hayan sido excluidas.
En conclusión, el PAN se dio cuenta que si postula a un varón para competir por la alcaldía de Puebla en 2027, con “la mano en la cintura” los tribunales electorales pueden ordenar que se anule esa nominación y en su lugar se nombre una candidata.
Por eso, aunque hay nueve hombres anotados en la lista de 20 aspirantes a la candidatura de la capital, ninguno de ellos podrá ganar la nominación.
La abanderada panista se decidirá entre Ana Teresa Aranda, Liliana Ortiz, Genoveva Huerta y Blanca Alcalá Ruiz.
