El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló a favor del panista Eduardo Rivera Pérez y ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) emitir otra sentencia en la que justifique por qué debería estar registrado en el catálogo de sancionados por un periodo de cinco años.
Así lo determinó la Sala Superior al resolver el juicio general SUP-JG-18/2025, promovido por el otrora candidato a la gubernatura del estado por la coalición Mejor Rumbo para Puebla, en contra de la resolución del TEEP que le impuso una amonestación pública y ordenó inscribirlo en el catálogo de sujetos sancionados por haber colocado propaganda electoral en un monumento histórico durante la campaña de 2024.
El @TEPJF_informa falla a favor de @eduardorivera01 y ordena al @trielecpue emitir una nueva sentencia en la que funde y motive el periodo en que estará en el catálogo de sancionados por haber colocado propaganda en monumentos históricos
La sanción era de 5 años@retodiariomx pic.twitter.com/0S2kMUkE54
— Berenice Martínez (@bereymar) April 9, 2025
En sesión pública este miércoles, el Pleno revocó parcialmente la sentencia del tribunal local debido a que omitió justificar el plazo de cinco años.
Sala Superior revoca parcialmente sentencia del TEEP
Además, no citó el precepto legal aplicable a la temporalidad y basó su decisión únicamente en un precedente no vinculante.
“En consecuencia, se propone revocar parcialmente la sentencia impugnada para el efecto de que el tribunal responsable emita una nueva resolución en la que funde y motive debidamente el periodo de inscripción correspondiente”, resolvió por mayoría de votos.
En la elección de 2024, Eduardo Rivera fue candidato a gobernador de Puebla postulado por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Pacto Social de Integración (PSI) y el extinto Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Fue amonestado por el TEEP el pasado 20 de marzo tras comprobarse que colocó propaganda en un monumento histórico de la ciudad de Puebla.