El pasado miércoles, el notario, Juan Carlos Salazar Cajica, logró su libertad bajo caución al pagar una fianza fijada por el Juzgado Tercero de lo Penal, por lo que tendrá que firmar cada semana debido a que el proceso 351/2013 sigue abierto.
Sin embargo, ayer jueves, el mismo abogado logró suspender momentáneamente el proceso penal, gracias al resolutivo del tercer punto del amparo que promovió en el Juzgado Quinto de Distrito, y que a la letra dice:
“3. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO Ahora, del análisis integral de la demanda de amparo, se advierte que el acto reclamado por el quejoso Juan Carlos Salazar Cajica, lo hace consistir en el auto de formal prisión dictado en su contra. Precisado lo anterior, debe decirse que con fundamento en los artículos 124 y 136, párrafo primero, de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva (sic)”.
Es decir, por el momento, el Juzgado Tercero de lo Penal no puede seguir adelante el proceso contra el notario número 49, hasta que se resuelva de fondo el tema de la suspensión definitiva del amparo.