El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen por el que se adicionan disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal en materia de violencia digital, conocida como ‘Ley Olimpia’.
Después de casi dos años de discusión en el Congreso, la Cámara de Diputados aprobó, con 434 votos a favor y uno en contra en lo particular, y sin cambios la llamada Ley Olimpia contra la violencia digital y la turnó al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
El texto considera delito tomar y distribuir imágenes de contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona implicada.
El acoso digital será castigado con penas de cárcel de entre tres y seis años, y elevadas multas que van hasta los 89 mil 620 pesos.
Además, se prevén agravantes cuando el delito lo cometa el cónyuge de la víctima, un funcionario público o alguien con quien tuviera una relación sentimental, así como cuando se haga con fines lucrativos.
La reforma penará la violencia digital contra las mujeres en todo México, donde 19 de los 32 estados ya prevén en su legislación estatal el castigo contra el abuso digital.