En este mes donde se celebra internacionalmente el Día del Orgullo LGBT, un tribunal de Japón negó a tres parejas del mismo sexo contraer matrimonio y rechazó pagarles una compensación económica por el concepto de discriminación, tras asegurar que no se está violentando ningún derecho establecido en la Constitución el país asiático.
De acuerdo a la información compartida por los medios locales, la resolución fue dada ayer por el Tribunal del Distrito de Osaka, ubicado al oeste del país, a la petición de tres parejas del mismo sexo para que su unión fuera reconocida por el gobierno. Respuesta que se basó en el artículo 24 de la ley nipona por el cual reconoce solo la unión de dos personas, de distinto sexo, y por consentimiento de ambas.
Situación por la que las parejas habían recurrido al artículo 14 de la Constitución de Japón, por el que se establece que el gobierno debe de propiciar la igualdad de condiciones para todos sus ciudadanos, a la par de no permitir discriminación por razones políticas, económicas, sociales, de raza, credo, sexo u origen.
Asimismo, el Tribunal descartó que cada una de las personas que conforman las tres parejas sean acreedoras a el pago de un millón de yenes (150 mil pesos aprox.) por el concepto de discriminación. Enfatizando que en ningún artículo de la Carta Magna nipona señala que la unión de personas del mismo sexo es reconocida en el país.
Cabe señalar que esta no es la primera ocasión en que la que el gobierno de Japón niega, por medio de los tribunales, reconocer la unión de dos personas del mismo sexo. Asimismo, se espera que en los próximos días la misma respuesta sea dada a las peticiones realizadas en Tokio, Nagoya y Fukuosa.