La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las parejas del mismo sexo tienen iguales derechos que las heterosexuales para afiliarse y recibir servicio de las instituciones públicas de salud, esto después de que el poblano José Alberto Gómez Barroso ganara un juicio de amparo postmorten para inscribir a su pareja, con la cual contrajo matrimonio hace dos años en el Distrito Federal.
Tras casarse en la ciudad de México, Gómez Barroso, intentó afiliar a su pareja, Héctor Cruz Velázquez, en la Unidad Médico Familiar Número 7 del IMSS, ubicada en la Unidad Habitacional San Bartolo, en Cholula, pero le negaron el servicio debido a que el artículo 84, fracción III, de la Ley del Seguro Social versa: “La esposa del asegurado o, a falta de ésta, la mujer con quien ha hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad o con la que haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio, podrá gozar de ser beneficiaria”.
Sin embargo, José Alberto interpuso un amparo contra el IMSS en el Juzgado Tercero de Distrito del estado de Puebla, cuyo número es 485/2013; poco tiempo después falleció y el juzgado sobreseyó el juicio, ante lo cual Cruz Velázquez interpuso un recurso de revisión, mismo que fue resuelto el miércoles pasado en la Segunda Sala de la SCJN con tres votos a favor y dos en contra.
Avanzan derechos para homosexuales
El ministro ponente, José Fernando Franco González Salas, expuso: “El proyecto se pronuncia porque sí hay una interpretación conforme y sistemática de la propia Ley del Seguro Social, debe entenderse, atendiendo además a otros criterios que ha sostenido la SCJN que se ha generado el derecho, igual que si se tratara de un matrimonio entre personas de distinto sexo”.
Ante esta situación, el esposo de José Alberto no sólo recibirá servicio médico en el IMSS, sino podrá acceder a una pensión. Además de que el juicio abre las puertas para que las personas homosexuales puedan afiliar a sus parejas ante el instituto, así como ante otros organismos públicos, como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
IMSS analizará qué derechos darán a la pareja
Cuestionado al respecto, el coordinador de Comunicación Social del IMSS en Puebla, Jorge Ojeda Morales, aseguró que Ley Federal del IMSS en su el artículo 84, fracción III, no contemplaba el aseguramiento de las parejas del mismo sexo, lo cual implicaba un impedimento de ley y por eso con anterioridad no se pudo dar de alta a Héctor Cruz.
Tras la resolución a favor de la pareja, el instituto acatará la orden de la corte en cuanto le llegue la notificación correspondiente, pero debido a que José Alberto Gómez falleció antes de que se diera a conocer el resolutivo, analizarán “en qué términos nos requieren y qué es lo que se le puede otorgar, si es que tiene derechos, ponerlos a salvo”.