La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aceptó el análisis sistémico 04/2015 referente a la vulneración de los derechos fundamentales de los contribuyentes que desvirtúan la presunción del artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).
El Ombudsman del Contribuyente acordó con el SAT la publicación en su página de internet, www.sat.gob.mx, de una nueva lista donde exclusivamente aparezcan los pagadores de impuestos que presuntamente habían emitido comprobantes fiscales amparando operaciones simuladas, pero lograron desvirtuar esa presunción.
PRODECON consideró importante que esos contribuyentes aparecieran en una lista aparte, la cual fuera presentada a la ciudadanía a fin de que sus operaciones comerciales con terceros no se vean afectadas ni se dañe su esfera económica y fama pública.
A partir de la reforma fiscal que entró en vigor en 2014, los contribuyentes que son publicados por el SAT por presumirles la inexistencia de operaciones simuladas amparadas en comprobantes fiscales que emiten, cuando logran desvirtuar plenamente la citada presunción, simplemente eran excluidos, es decir, ya no aparecían en la publicación definitiva que efectúa el SAT, lo que el Ombudsman estimó insuficiente para reparar su fama pública y comercial.
El organismo autónomo se congratuló con la publicación del: “Listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del CFF”, realizada por el SAT en su página electrónica, reconociendo la disposición y premura con que actuó en este caso el órgano recaudador para respetar los derechos fundamentales de estos contribuyentes.