La gestión de los residuos sólidos urbanos representa uno de los principales desafíos ambientales para México. De acuerdo con el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de los Residuos 2020 de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en el país se generan aproximadamente 120 mil 128 toneladas de residuos sólidos urbanos cada día, equivalentes a 0.944 kilogramos por habitante al día.
El mismo diagnóstico señala que alrededor de 100 mil 751 toneladas diarias son recolectadas, lo que representa una cobertura nacional cercana al 84 por ciento. Esto significa que una parte de los residuos generados no entra a los sistemas de recolección.
Disposición final y riesgos ambientales
La NOM-083-SEMARNAT-2003 establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo y clausura de instalaciones destinadas a la disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Entre otros aspectos, contempla requisitos relacionados con lixiviados, biogás, cobertura de residuos, control de fauna nociva y características del terreno.
La propia normativa establece que los sitios de disposición final deben contar con condiciones técnicas para reducir los impactos sobre el ambiente. Para los procesos de clausura, también contempla infraestructura para el control de lixiviados, biogás y drenaje pluvial, además de estudios técnicos y medidas de seguimiento.
Por ello, la existencia de sitios que operan fuera de las condiciones establecidas por la normatividad puede representar un problema ambiental que requiere vigilancia, cumplimiento de las disposiciones aplicables y, cuando corresponda, acciones de clausura y remediación.
El derecho a participar en decisiones ambientales
La dimensión ambiental también está relacionada con los derechos de las comunidades. El artículo 4º constitucional reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
A nivel internacional, México es parte del Acuerdo de Escazú, instrumento que entró en vigor para el país el 22 de abril de 2021. El acuerdo reconoce los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales, con especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad.
El acuerdo establece que la población debe contar con mecanismos de participación en procesos de toma de decisiones ambientales y con acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar decisiones, acciones u omisiones que puedan afectar el medio ambiente, conforme a la legislación nacional.
Hacia una gestión integral de los residuos
Los datos oficiales muestran que el reto no se limita a recolectar la basura. La generación diaria de residuos, su separación, aprovechamiento y disposición final requieren infraestructura, vigilancia y cumplimiento de la normativa ambiental.
La información de Semarnat también identifica un potencial importante de aprovechamiento: de las 120 mil 128 toneladas generadas diariamente, alrededor de 38 mil 351 toneladas son susceptibles de aprovechamiento mediante reciclaje o recuperación de energía, mientras que aproximadamente 56 mil 427 toneladas corresponden a residuos orgánicos que pueden ser tratados mediante compostaje o biodigestión.
La gestión integral de los residuos implica, por tanto, fortalecer la prevención y el aprovechamiento, mejorar los sistemas de recolección y garantizar que los sitios de disposición final cumplan con las condiciones ambientales establecidas. Para las comunidades cercanas a estos lugares, el acceso a información, participación y justicia ambiental constituye además una vía para conocer y exigir el cumplimiento de las obligaciones aplicables.
