Aunque las dirigencias nacionales del PVEM y del PT ya dijeron que sí apoyarán las reformas constitucionales del Plan B de la presidenta Claudia Sheinbaum después de que su iniciativa de Reforma Electoral fue desechada, la verdad es que estas llegan en un mal momento si de veras va en serio la reducción de regidores.
Solo en el caso de la capital poblana el número de regidores bajaría de 23 –excluyendo al presidente municipal– a 15, entre los que estarían los de representación proporcional.
De los 23 regidores que integran el Cabildo de Puebla, 7 son de representación proporcional, es decir, el 30 por ciento.
La iniciativa de reforma y adiciones a la Constitución, enviada por la presidenta Sheinbaum al Senado de la República, no detalla cuántos de los 15 regidores que como máximo puede tener un municipio son de mayoría y cuántos de representación proporcional.
El cambio planteado en la fracción I del artículo 115 dice literalmente: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y de siete hasta quince regidurías”.
Si se mantuviera la misma lógica de que el 30% de los regidores del Ayuntamiento de Puebla sean de representación proporcional, eso significa que la planilla del candidato a presidente municipal, en los comicios intermedios de 2027, se conformaría por él y 10 regidores más, y que los restantes 5 tendrían que ser de representación proporcional.
En otras palabras: el candidato a presidente municipal y el partido que lo postula tendrán menos regidurías que repartir o negociar entre sus aliados y coaligados.
Y eso sí que es complicado, pues antes el candidato tenía 16 lugares, en los cuales acomodaba a los miembros de su equipo compacto, a los recomendados de sus rivales en el proceso interno y de la dirigencia de su partido, y a los entenados de sus partidos aliados.
Dichas negociaciones suelen ser complicadas, pues a veces en aras de integrar a todos y repartir el pastel, el presidente municipal queda en desventaja y pierde gobernabilidad y control, pues los regidores que supuestamente son de su partido y de partidos terminan jugándole las contras o chantajeándolo.
Pero si esta reducción de regidurías ya de por sí complicará las cosas, aún existe una dificultad que podría resultar mayor: la exclusión de familiares del presidente municipal, regidores y síndicos salientes en la planilla para el siguiente periodo o trienio.
La redacción de esa reforma al artículo 115 constitucional dice textualmente: “En ningún caso podrá participar en la elección para la presidencia municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula”.
Lo anterior significa que el candidato a presidente municipal y el partido o partidos que lo postulen no solo tendrán menos lugares que repartir, sino que además ninguno de los integrantes de su planilla deberá ser pariente consanguíneo o político del presidente, síndico o síndica y regidores que terminan sus funciones.
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