La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Fiscalía General de la República (FGR) deberá publicar una versión pública de la carpeta de investigación relacionada con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida en 2014 en Iguala, Guerrero.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros avalaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien sostuvo que “el ejercicio del derecho de acceso a la información, en los casos que verse sobre investigaciones de hechos relacionados con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, la información solicitada no puede clasificarse como reservada”.
El fallo ratifica la orden emitida por el extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que había instruido a la FGR a entregar una versión pública de la carpeta FED/SDHPDSC/OI-GRO/000804/2019, ocultando únicamente datos confidenciales o sensibles.
Esta decisión fue impugnada por la FGR, así como por tres exintegrantes del grupo criminal Guerreros Unidos –Agustín García Reyes “El Chereje”, Salvador Reza Jacobo “El Lucas” y Patricio Reyes Landa “El Pato”– quienes, tras ser señalados como participantes en el crimen, se convirtieron en testigos colaboradores durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
Los quejosos argumentaron que no se les permitió participar en el proceso ante el Inai y que la difusión de la carpeta podría poner en riesgo su vida e integridad. “Si al solicitante no le bastó la información que ya es pública, es de suponerse que se revelará más información […] que pudiera poner en riesgo de vida, salud y seguridad; siendo que se les pudieran causar daños irreparables”, señalaron en los recursos de revisión.
Sin embargo, la SCJN consideró inoperantes estos argumentos. En el proyecto aprobado, se explica que la naturaleza pública de la información sobre violaciones graves a derechos humanos tiene mayor peso jurídico, por lo que los sujetos obligados deben emitir versiones públicas con los debidos testados de datos personales.
“No le asiste razón a los quejosos y recurrentes […] los sujetos obligados están obligados a emitir una versión pública del documento solicitado […] con ello se resuelve la tensión entre el principio de máxima publicidad y las limitaciones al derecho de acceso a la información”, señala el documento avalado por la Corte.
Cabe recordar que el caso Ayotzinapa ha sido calificado por organismos internacionales como una de las más graves violaciones a los derechos humanos en México. Durante más de una década, familiares de los estudiantes han exigido transparencia y acceso pleno a la verdad.
La resolución no establece un plazo específico para que la FGR cumpla con la publicación, pero se espera que la versión pública esté disponible en el micrositio del Caso Iguala, donde se concentran los tomos del expediente.
En medio de esta resolución, se confirmó que Patricio Reyes Landa, uno de los testigos colaboradores en el caso, fue asesinado la semana pasada en su domicilio en Jilotepec, Estado de México, lo que refuerza la preocupación sobre los riesgos que enfrentan los implicados.
Con este fallo, la SCJN reitera que la transparencia en casos de violaciones graves a los derechos humanos es un deber constitucional y un paso indispensable para garantizar justicia y verdad para las víctimas.