El Congreso local aprobó la Ley de Imagen Institucional de Puebla para regular el uso de colores, imágenes y la identidad de los bienes públicos y de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos autónomos y los 217 ayuntamientos del estado.
Por unanimidad de votos, los diputados autorizaron el uso de colores e imágenes neutros en las páginas oficiales de internet, documentos, papelería y cualquier otro medio electrónico o impreso generado o empleado por los entes públicos.
La iniciativa fue impulsada por los legisladores Guadalupe Leal Rodríguez, Karla Rodríguez Palacios y Jaime Natale Uranga. Busca evitar que los gobiernos federal, estatal y municipales utilicen los colores de su partido como parte de la administración pública que encabezan, ya que genera gastos innecesarios y tiene el objetivo de eliminar los colores y logotipos de gestiones anteriores para poner los suyos en las obras públicas y bienes del estado.
La Ley de Imagen Institucional aprobada en el inicio del nuevo periodo ordinario de sesiones, establece lineamientos y criterios para regular la imagen institucional de los órganos que integran el gobierno del estado, Congreso, el Poder Judicial, los órganos autónomos y los ayuntamientos, así como su uso y difusión.
La imagen será acorde a la pluralidad ideológica, política, económica, social, histórica y cultural, así como a los valores, usos y costumbres que distinguen al estado de Puebla, omitiendo cualquier alusión a personas, partido político u organización privada o social cuyo fin sea diferente al ejercicio gubernamental.
En ninguna circunstancia el color relativo a algún partido podrá ser utilizado predominantemente en la imagen y los bienes patrimonio del Estado o de los ayuntamientos, los entes públicos de los tres poderes y los organismos autónomos.
Los colores que se deberán usar son blanco (Pantone 1-1-C), gris (Pantone Cool Grey – C 40 M30 G20 K66), negro (Pantone Black C C20 M20 Y 20 K100) y gris (Pantone C 177-1 U C31 M22 G28 K0).
Estas disposiciones aplicarán para el equipamiento urbano, escudo oficial, imagen, lema, logotipo y manual de identidad institucional.
Además, el Poder Ejecutivo, Judicial, órganos autónomos y sus dependencias, con excepción de los ayuntamientos, tendrán 180 días naturales a la entrada en vigor de la ley para presentar ante el Congreso manuales de identidad institucional para su aprobación.