Diputados locales de Morena presentaron la Ley 3 de 3 para que deudores alimentarios y personas con sentencia firme por violencia familiar, doméstica, a la intimidad sexual o política contra las mujeres en razón de género, no sean candidatos ni ocupen cargos públicos en 2024.
La iniciativa adiciona la fracción VIII al artículo 22 de la Constitución Política del estado de Puebla y fue presentada por Carlos Alberto Evangelista Aniceto, Daniela Mier Bañuelos, Eliana Angélica Cervantes González, José Iván Herrera Villagómez y María Yolanda Gámez Mendoza.
De esta forma, los deudores alimentarios y violentadores no podrán ocupar candidaturas ni ser votados para cargos de elección popular o ser nombrados para cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público.
La iniciativa pretende elevar a rango constitucional la medida 3 de 3 contra la violencia y establecerla como requisito para poder ser registrado como candidato o candidata y ser nombrado en algún cargo público.
Ley 3 de 3 se suma a Ley Sabina contra deudores alimentarios
Al explicar la propuesta, la diputada Yolanda Gámez señaló que esta se suma a la denominada Ley Sabina que reforma los Códigos Penal y Civil del estado de Puebla, para crear un registro estatal y público de deudores alimentarios, con el fin de evitar que lleguen al poder en 2024.
“La propuesta tiene por objeto otorgar certeza a las poblanas, de que ningún hombre que las haya lastimado física, sexual, económica o psicológicamente tenga posibilidad de elegibilidad para ostentar un cargo público”, dijo Yolanda Gámez.
La bancada del PRI y otros diputados de Morena se sumaron a la iniciativa, misma que fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso para su estudio y resolución procedente.
La Ley 3 de 3 también se presentó a nivel nacional, pero el Congreso de la Unión no la ha dictaminado para que entre en vigor en la elección de 2024.
Tiene el propósito de que ninguna mujer víctima de violencia tenga que elegir a su agresor como representante y menos tenerlo como servidor público: regidores, síndicos, presidentes municipales, gobernador, presidente de la República, diputados locales y federales o senadores.