La Comisión de Procuración y Administración de Justicia, que encabeza el diputado Óscar Mauricio Céspedes Peregrina, aprobó diferentes Leyes y modificaciones en materia judicial, con el propósito de atender la reforma constitucional federal de septiembre de 2024 y la local de marzo de 2025.
Como parte del orden del día, el órgano colegiado aprobó el proyecto de dictamen por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, en la que se actualiza la denominación de los organismos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, se modifica la estructura, organización, facultades y conformación del Tribunal Superior de Justicia, así como la organización del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial, que son de reciente creación.
De igual forma, plantea la actualización en la estructura, organización y competencias de la Escuela Estatal de Formación Judicial y de las unidades auxiliares del órgano de administración judicial.
Las y los diputados aprobaron el proyecto de dictamen por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla, mediante la cual se establece la organización, integración, atribuciones, funcionamiento y competencia del Tribunal de Justicia Administrativa.
Asimismo, se aprobó el proyecto de dictamen por el que se expide la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias para el Estado Libre y Soberano de Puebla, que tiene como finalidad armonizar la legislación local con la Ley General, para incorporar el Centro Privado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Administrativa, para fortalecer el acceso a la justicia.
Este marco normativo considera las disposiciones sobre la organización, funcionamiento y supervisión de los centros públicos y privados de mecanismos alternativos de solución de controversias, así como regular la certificación y actuación de las personas facilitadoras y de las abogadas y abogados de estos sectores.
Por otra parte, se aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Puebla, a fin de garantizar que los juicios contenciosos se sustancien bajo los principios de legalidad, debido proceso y transparencia, para consolidar un sistema de justicia administrativa acorde a los nuevos estándares institucionales legales, así como establecer los requisitos para tramitar la suspensión del acto reclamativo.
Entre los asuntos abordados, también se aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, mediante el cual se sustituye el Consejo de la Judicatura por el Órgano de Administración Judicial, se deroga el capítulo relativo a los recursos de legalidad por razones de reorganización del sistema de justicia constitucional en el Estado y se suprimen las referencias al Instituto de Transparencia, considerando la extinción del ente.
El órgano colegiado también aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Carrera Judicial del Estado de Puebla para actualizar la denominación del Consejo de la Judicatura para denominarse Órgano de Administración Judicial del Estado de Puebla e indicar sus atribuciones.
Asimismo, se incorpora que la formación de la carrera judicial deberá apegarse a los principios de perspectiva de género, igualdad de género, vocación de servicio público y compromiso social.
Sobre el tema, la diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales expuso que en el dictamen no se precisa lo que ocurrirá con las y los servidores públicos que actualmente laboran en el Poder Judicial, pues se establecen nuevas reglas para el ingreso y promoción mediante la carrera judicial, así como los concursos de oposición, pero no hay claridad o certeza jurídica sobre los derechos de quienes trabajan actualmente para la impartición de justicia.
Asimismo, se aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, con la que se busca consolidar una modernización institucional y garantizar que la ciudadanía reciba un servicio adecuado por parte de las y los abogados integrantes de la defensoría pública.
Los dictámenes antes mencionados fueron elaborados con las iniciativas que remitió el titular del Poder Ejecutivo.
Aprueban reformas en materia de abuso sexual, despojo y seguridad
Como parte de la sesión, se aprobó el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal, que tiene como objetivo armonizar el tipo penal de abuso sexual contenido en el Código Federal, a fin de fortalecer el marco jurídico y facilitar la denuncia, brindar acompañamiento especializado, asegurar que las sanciones impuestas sean proporcionales y eficaces para prevenir la reincidencia.
En las modificaciones, se incluye la obligación para el agresor de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres y/o prestar servicio social; además, el delito se perseguirá de oficio y la reparación del daño a la víctima debe incluir atención psicológica.
El proyecto de dictamen fue elaborado con las iniciativas de las diputadas Xel Arianna Hernández García y Azucena Rosas Tapia, así como de los diputados José Luis Figueroa Cortés y Óscar Mauricio Céspedes Peregrina.
Al hacer uso de la palabra, la diputada Xel Arianna Hernández García señaló que el acoso sexual no es un problema aislado, sino un asunto de voluntad política y responsabilidad institucional que debe atenderse de manera integral, por ello, celebró la aprobación de estas reformas.
Por otra parte, las y los diputados aprobaron el proyecto de dictamen por el que se reforman los artículos 409 y 409 Bis; se adiciona el artículo 409 Ter, y se deroga el segundo párrafo del artículo 408 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de despojo. Fue elaborado con las propuestas del Ejecutivo, así como de las y los diputados Araceli Celestino Rosas, Beatriz Manrique Guevara, Susana del Carmen Riestra Piña, Celia Bonaga Ruiz, Modesta Delgado Juárez, Andrés Iván Villegas Mendoza y Óscar Mauricio Céspedes Peregrina.
El objetivo es fortalecer el marco jurídico aplicable al delito de despojo, mediante el establecimiento de sanciones claras y proporcionales y el aumento de las penas correspondientes; proteger efectivamente el derecho a la propiedad, con especial atención cuando el delito se comete en perjuicio de personas en situación de vulnerabilidad; salvaguardar la seguridad jurídica; proteger de manera efectiva el derecho humano a la propiedad y a la vivienda en el Estado; y sancionar de manera severa el despojo cometido con el propósito de notificar o comercializar la tierra.
En su participación, la diputada Araceli Celestino Rosas indicó que la aprobación de esta iniciativa representa un paso importante para garantizar certeza jurídica y proteger a la ciudadanía, pues con las modificaciones, se protege el derecho humano a la vivienda.
Finalmente, se aprobó el proyecto de dictamen, elaborado con la iniciativa del diputado Andrés Iván Villegas Mendoza, por el que se adicionan los artículos 192 bis y 192 ter al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
El objeto del dictamen es incorporar dentro de los delitos de ataques a las vías de comunicación y a la seguridad en los medios de transporte la colocación o arrojo en vías de comunicación de objetos punzocortantes, estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas o cualquier artefacto similar con el fin de obstaculizar ilícitamente el tránsito vehicular o utilizarlos para ponchar llantas o dañar cualquier vehículo.
Poseer, fabricar, distribuir, comercializar o facilitar la obtención de aquellos objetos con el propósito de ser utilizados para obstaculizar el tránsito vehicular o causar daños a terceros.
Además, se establece que las penas por este delito serían de 2 a 6 años de prisión, multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización, así como el decomiso de los objetos utilizados.





