En el Congreso del estado de Puebla, legisladores presentaron una iniciativa para tipificar la rapiña como delito en el Código Penal de Puebla, con sanciones de 4 a 10 años de prisión y multas que van de 200 a 600 UMA.
De acuerdo con la propuesta, se considerará rapiña cuando una persona se apodere de bienes ajenos sin derecho ni consentimiento de su propietario, aprovechando un accidente, desastre natural, catástrofe, alteración del orden público o situación de emergencia.
Agravantes
- La pena podría aumentar hasta en una mitad si:
- Participan dos o más personas.
- Los bienes sustraídos son de primera necesidad o destinados a damnificados.
- Se ejerce violencia física o moral.
- El delito ocurre en vías de comunicación, transporte público o instalaciones de auxilio.
Más que un robo común
La exposición de motivos señala que la rapiña no debe equipararse al robo común, ya que surge en escenarios de vulnerabilidad social, lo que amplifica el daño en comunidades afectadas.
Ejemplos recientes como los saqueos tras el huracán Otis en Acapulco, con pérdidas superiores a 390 millones de pesos, o los robos durante los sismos de 2017, muestran cómo esta práctica obstaculiza la ayuda humanitaria y retrasa la recuperación económica.
Cláusula humanitaria
La iniciativa incluye una excepción para evitar criminalizar la necesidad: quienes, sin ejercer violencia, tomen únicamente lo indispensable para sobrevivir durante una emergencia, no serán sancionados.
Con esta reforma, los legisladores buscan fortalecer la confianza social, proteger el orden público y establecer un marco legal específico que sancione con mayor severidad los actos de rapiña.