TEEP declara que Armenta y Pepe Chedraui no cometieron actos anticipados de campaña
El PAN denunció a los excandidatos de Sigamos Haciendo Historia a la gubernatura y la presidencia municipal de Puebla
Alejandro Armenta Mier
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) exoneró al gobernador electo, Alejandro Armenta Mier, y al presidente municipal electo de Puebla, José Chedraui Budib, de actos anticipados de campaña y promoción personalizada en la pasada contienda electoral.
En la sesión pública de este jueves, el Pleno resolvió el asunto especial TEEP-AE-074/2024 promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del excandidato de Morena, PT, Partido Verde, Nueva Alianza y Fuerza por México, Pepe Chedraui, por la presunta promoción personalizada y actos anticipados de campaña.
José Chedraui Budib, presidente municipal electo de Puebla. Foto: Anel Esgua / EsImagen
El TEEP determinó que, de la certificación realizada por el Instituto Electoral del Estado (IEE) respecto de lo denunciado, no se acreditan los elementos para concluir que Chedraui Budib realizó un posicionamiento indebido o un llamado al voto en favor de algún candidato o partido político, fuera del periodo de campaña.
Tampoco se comprobó que el ahora alcalde electo de Puebla haya ordenado la colocación de una lona. En consecuencia, se declaró como inexistente las conductas denunciadas por el PAN.
Exonera TEEP a Armenta y Pepe Chedraui
De igual forma, el TEEP resolvió el asunto especial TEEP-AE-077/2024 promovido por el PAN, que denunció a Alejandro Armenta y Pepe Chedraui por presuntos actos anticipados de campaña.
En este caso, se declaró como inexistente las conductas denunciadas, ya que no es posible determinar que los excandidatos de la coalición Sigamos Haciendo Historia en Puebla (Morena, PT, PVEM, Fuerza por México y Nueva Alianza) hubieran realizado alguna manifestación tendiente a solicitar el voto, fuera del periodo de campaña.
“Como se lee en la descripción de la publicación denunciada los mismos brindarían su discurso como candidatos después de la media noche”, resolvió el TEEP por unanimidad de votos.
El PAN tiene la posibilidad de impugnar estas resoluciones ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que podrá confirmar o revocar la decisión del tribunal local.

