En el marco de la presentación del informe final del documento titulado “Del dicho al hecho”, el consejero presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Miguel Ángel García Onofre, señaló que durante el pasado proceso electoral ordinario se atendieron 82 procesos sancionadores en materia de violencia política de género.
Ello derivado del marco normativo aprobado hace dos años que visibiliza la violencia política contra las mujeres en razón de género para efectos electorales.
De acuerdo con lo explicado por García Onofre, 24 de los 82 procesos sancionadores tuvieron lugar entre el 13 de abril y el 31 de diciembre de 2020; el resto (58) se resolvió a lo largo del año pasado.
Lo anterior significa que aproximadamente 4 veces por mes se interpusieron denuncias referentes a violencia política de género.
El presidente del IEE recordó que, a la fecha, 3 poblanos han sido inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Dos de ellas son los ex presidentes municipales de Santiago Miahuatlán y Francisco Z. Mena, Edmundo Jesús Rodríguez Castillo y Pascual Morales Martínez, respectivamente.
La otra es el periodista Gerardo Ruiz Herrera, quien fue amonestado por sus comentarios misóginos contra la exdirigente estatal del PAN, Genoveva Huerta Villegas.
En su intervención, la Magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), Norma Angélica Sandoval Sánchez, señaló que, desde 2011, se ha buscado poner a las mujeres en el centro de la norma para hacer efectivo el ejercicio de sus derechos.
Apuntó que, pese a la reforma de hace dos años, persiste la violencia contra las mujeres que deciden acceder a un cargo público.
Por su parte, Marisol Jiménez Martínez, asesora jurídica de la agrupación Fuerza Ciudadana, destacó que los casos más arraigados y graves de violencia política de género tienen lugar en los ámbitos locales, tanto en los municipios como en las entidades federativas.
También mencionó que la reforma de 2020 deja algunos pendientes debido a que no establece una tasación para las personas violentadoras.
“No hay sanciones claras lo que no deja en un estado de indefensión, porque queda en criterio de los jueces la sanción a aplicar”, comentó.
Abundó que tampoco existe una norma para sancionar o castigar la reincidencia.