Un juez del Tribunal de Enjuiciamiento declaró culpable a Erick Francisco Robledo Rosas por el feminicidio de Ingrid Escamilla, una poblana de 25 años de edad, a quien mató y desolló a pesar de que era su pareja sentimental.
Tras la audiencia celebrada 2 años y ocho meses después del asesinato, ahora será el próximo lunes 17 de octubre cuando se celebre la audiencia de individualización de la pena.
Se anunciará la sentencia que se le impondrá a Erick Francisco, sobre quien se espera reciba la máxima sentencia de 70 años.
La audiencia de hoy se realizó en una de las salas de oralidad del Reclusorio Oriente, donde el Juez Israel Pérez Cuevas determinó a Erick Francisco Robledo como el único responsable del feminicidio de la joven poblana.
La familia de Ingrid se manifestó en las afueras del reclusorio para exigir justicia, pues la madre de Ingrid manifestó que en cada audiencia lamentablemente reviven el momento del feminicidio, por lo que exigen justicia.
Los hechos del feminicidio
Fue el pasado 9 de febrero de 2020, cuando Erick Francisco, de 46 años de edad, asesinó con un cuchillo y a sangre fría a Ingrid, su pareja sentimental, de tan sólo 25 años de edad, al interior del departamento 515, del edificio número 258 de la calle Tamagno en la Alcaldía Gustavo Madero de la Ciudad de México (CDMX).
Los dos son originarios de la comunidad de Nueva Necaxa Canaditas, municipio de Juan Galindo, Puebla, de donde salieron en 2019 para hacer una vida en la capital del país.
Empero, las peleas de la pareja se volvieron constantes, por lo que fue el 9 de febrero cuando Erick tomó un cuchillo y apuñaló en varias ocasiones a Ingrid, para después cortarle la piel desde la cara hasta las rodillas y sacarle los órganos, mismos que tiró al inodoro y al drenaje.
Durante su declaración, el asesino intentó justificarse diciendo “se me metió el diablo”.
La Ley Ingrid
Por el feminicidio de Ingrid Escamilla surgió la ‘Ley Ingrid’, ya que la joven poblana fue revictimizada después de que policías de la CDMX filtraron imágenes del cadáver de la víctima y la escena del crimen.
La citada ley permitió una reforma al artículo 225 del Código Penal, en el que se establecen penas de cuatro a 10 años de prisión, y multas de 100 a 150 Unidad de Medida y Actualización (UMA’s) a los servidores públicos que difundan imágenes o audios relacionadas con víctimas de un hecho de violencia.
Con la ‘Ley Ingrid’ se logró una reforma al Código Penal Federal para sancionar a servidores públicos que difundan imágenes, audios, videos, documentos o información sobre la investigación penal, condiciones personales de una víctima o las circunstancias de un delito.