Luego de una espera de 14 años, con el aval de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) de Puebla, en esta semana se iba a ejecutar un embargo de 10 vehículos a la empresa Armenta Automotriz, como parte de un litigio laboral que ganó un trabajador de esa compañía, llamado Alejandro Flores Huerta. Sin embargo, previo a dicho acto se logró conocer que los automotores están embargados por el SAT y el Infonavit, lo que exhibe cómo la JLCA protege intereses patronales y fraudes en contra de la clase trabajadora.
El problema de la justicia laboral en Puebla no es solamente que se tiene apenas una treintena de trabajadores en la JLCA para atender un rezago de más de 30 mil expedientes de litigios laborales, sino que esta instancia actúa favor de la parte patronal. Algo que no cambió con los gobiernos locales de la 4T, que nada hicieron para beneficiar los derechos laborales de obreros y empleados.
El caso ya se ha narrado –en un par de ocasiones— en este espacio periodística y resulta sorprendente, que cada vez que avanza, aparecen nuevas anomalías.
Eso demuestra como en la JLCA hay una deliberada actitud de proteger los intereses de la compañía Armenta Automotriz, pese a que ya hay un laudo firme en el cual se establece que se debe pagar 2 millones 681 mil pesos a la familia del trabajador Alejandro Flores, quien inició el litigio y primero lo alcanzó la muerte, antes de conocer la justicia en su demanda.
En fechas recientes se contó en esta columna que Flores Huerta emprendió una demanda laboral en 2010 –bajo el expediente D-67131/2010— y cuatro años más tarde, obtuvo un fallo en el que se obliga a Armenta Automotriz a pagar una larga lista de derechos laborales.
Con el apoyo de la autoridad laboral, hubo una abierta dilación para que se aplazara una y otra vez la ejecución de la sentencia. Siempre con el argumento de que la compañía no tiene fondos para ese propósito, pese a que es una de las compañías de venta de autos nuevos más importantes del estado.
Finalmente, el 7 de noviembre de 2022, se le embargó a dicha firma un lote de 10 automotores, equivalente a la cantidad de dinero que la parte patronal debe cubrir a los agraviados.
Desde entonces, la Junta Especial 6 de la JLCA –a cargo de Rosa María Montes—simplemente no ejecuta la entrega de los bienes embargados a quienes ganaron el litigio. Sobre ese comportamiento, simplemente no hay una explicación.
Los dos últimos acontecimientos de esta trama llena de abusos son los siguientes:
Tras muchas presiones, por fin esta semana se iba ya a entregar los bienes embargados a Armenta Automotriz a los deudos del trabajador Alejandro Flores Huerta, para lo cual tuvo que haber una espera de década y media.
La representación jurídica de los agraviados, sospechando que pudiera haber un fraude de última hora, pidió la información del estado que guardan los automotores en cuestión y la sorpresa que se llevó, es que los vehículos están embargados por el SAT y el Infonavit. Es decir, nadie los puede tocar.
Es decir, la estrategia era pagar con automotores que nadie puede tocar y de esa manera, la compañía justificar jurídicamente que ya cumplió con la sentencia. Todo eso ha ocurrido
con la complacencia de la JLCA.
Ahí no termina todo. A lo largo de los últimos 8 años, la Procuraduría de Defensa de los Trabajadores (Prodet) se negó a exigir la ejecución de la sentencia a favor de Alejandro Flores Huerta.
Hace unos días, la Prodet presentó un recurso –ante la JLCA— un incidente de “inejecución de sentencia” en contra de Armenta Automotriz, pero se lo negaron.
Ello demuestra que la Prodet ha actuado, con un alto grado de ineficacia, de torpeza, como parte de lo que se percibiría como un contubernio con la empresa obligada a pagar el laudo que perdió.
La Prodet debe desaparecer
El abogado de la familia agraviada ha dirigido a las autoridades, la siguiente carta para externar su malestar por lo ocurrido:
“La Procuraduría de la Defensa del Trabajador del Estado de Puebla (PRODET) desde el 2016 ha sido inoperante y omisa para los intereses del trabajador Alejandro Flores Huerta, por lo que debería desaparecer, siendo incluida en listado propuesto por el presidente Andrés Manuel López Obrador”.
“Sería oportuno que el titular del poder Ejecutivo proponga la desaparición de la PRODET, ya que dicha dependencia se dedica a una conducta omisa o contraria a los intereses de la clase trabajadora, en perjuicio de los trabajadores que representa”.
“Tal es el caso dentro del expediente D-6/131/2010 donde dicha Procuraduría desde el año 2016 está autorizada para defender al trabajador Alejandro Flores Huerta y a sus hoy beneficiarios, pero resulta todo lo contrario, ya que por auto de fecha 2 de julio y notificado el 29 de julio, del presente (2024), a la citada Procuraduría le notifican que le deshechan un recurso que promovió llamado “incidente innominado de inejecucion de sentencia”, siendo un recurso o escrito que solo seguiría retardando la ejecución del laudo dentro del citado expediente, ya que desde el año 2016 a la presente fecha la citada Procuraduría de la Defensa del Trabajador ha sido omisa en cuanto a defender los intereses del trabajador, puesto que desde esa fecha no ha hecho el impulso procesal adecuado o procedente para la ejecución del laudo”.
“Con dicha conducta se acredita el contubernio que existe entre la PRODET y la demandada Armenta Automotriz S.A. de C.V. ya que desde el año 2016 en que se le designó representante del trabajador Alejandro Flores Huerta, a la fecha no ha hecho el impulso procesal juridico laboral necesario para ejecutar el laudo, de fecha 29 de abril de 2014, en beneficio de los intereses del trabajador Alejandro Flores Huerta”.
“Ahora pretende supuestamente iniciar el impulso procesal, después de ocho años, por lo que cabe destacar que por auto de fecha 2 de julio y notificado el el 29 de julio, transcribimos el acuerdo en el cual la Junta Especial Numero Seis le deshecha a la PRODET su recurso dentro del expediente número D-6/131/2010 en el cuál textualmente dice”:
“En lo que hace a lo relativo al incidente innominado de inejecución de sentencia, esta Presidencia esta imposibilitada juridicamente a pronunciarse al respecto en virtud de que de autos no se advierte incidente de tal naturaleza planteado o presentado por el promovente y sus apoderados legales.”
“Cabe destacar que la parte actora (el trabajador Alejandro Flores Huerta) por medio de sus beneficiarios ha hecho el impulso procesal en forma personal, pero las autoridades laborales se tardan semanas y meses para acordar las promociones para la ejecucion del laudo y cobro de las prestaciones reclamadas”.
“La justicia no ha sido ni pronta ni imparcial para el trabajador, violentándose el artículo 17 constitucional, en contra de los intereses del trabajador.
Tal parece que esas promociones son en defensa del demandado Armenta Automotriz SA de CV”.
“Pasaron 8 años en que la PRODET no quiso solicitar la información necesaria o requerida para la ejecucion del laudo, sino que hasta ahora promueve un “incidente innominado de inejecucion de sentencia” improcedente para los intereses del trabajador, o procedente para el patrón Armenta Automotriz S.A. de C.V., y así seguir promoviendo el no pago de las prestaciones reclamadas.
Tuvieron que pasar 8 años para que iniciara el impulso procesal la PRODET”.
“Tal parece que con esta conducta de las autoridades laborales y la PRODET esperan a que se muera la clase trabajadora o que prescriba la accion para beneficiar a los demandados (patrones), por lo que en este caso específico el beneficio lo obtiene la persona moral denominada Armenta Automotriz S.A. de C.V. para no cumplir con el pago de las prestaciones reclamadas del citado laudo de fecha 29 de abril del 2014 por el trabajador a pesar de tantas violaciones a los derechos humanos y acciones y omisiones cometidas en su contra”.
“Por lo que el titular del poder Ejecutivo, entre otros organismos, los debería de desaparecer por inoperantes y omisos que solo benefician a los demandados (patrones)”.
“Con esto se demuestra que el Estado de Derecho en materia laboral en Puebla no existe, al menos para la clase trabajadora.
Lo que motiva a hacer del conocimiento ante los organismos nacionales e internacionales de derechos humanos dicha conducta de la PRODET en el estado de Puebla”.(Sic)
Fernando Montes Gómez
Responsable de la publicación.