A partir de las primeras horas de este viernes 16 de enero, ha entrado en vigor el decreto que prohíbe de manera definitiva la circulación, comercialización y uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina, conocidos como vapeadores y cigarros electrónicos.
La medida, que busca priorizar el derecho a la salud pública frente a los intereses comerciales, marca un hito en la regulación de productos de tabaco y nicotina en el país.
La entrada en vigor de esta reforma a la Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), contempla sanciones que transitan de lo administrativo a lo penal, con un enfoque punitivo severo hacia la cadena de suministro.
Puntos clave de la nueva normativa
La implementación de esta ley conlleva una serie de restricciones estrictas que afectan tanto a consumidores como a establecimientos comerciales:
Prohibición de venta: queda estrictamente prohibida la venta de estos dispositivos en tiendas físicas, máquinas expendedoras y plataformas de comercio electrónico.
Restricción de importación: las aduanas han reforzado los protocolos para impedir el ingreso de estos productos al país.
Sanciones administrativas: Los establecimientos que incumplan con el retiro de la mercancía podrían enfrentar multas elevadas, clausuras temporales o definitivas.
Espacios libres de humo: se extiende la restricción de uso en espacios públicos cerrados y áreas de concurrencia colectiva, equiparando su uso al del tabaco convencional.
Penalizaciones establecidas:
- Sanciones Penales (cárcel)
La reforma es drástica con quienes participen en la cadena comercial. Se han establecido penas de 1 a ocho años de prisión para las personas físicas o morales que realicen las siguientes actividades con fines de lucro:
- Producción y fabricación: incluye el mezclado, acondicionamiento y envasado
- Comercialización: venta directa, suministro o distribución
- Logística: transporte y almacenamiento con fines comerciales
- Comercio exterior: importación y exportación de dispositivos y sus insumos.
- Sanciones Económicas (multas)
Las multas se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y pueden variar según la gravedad de la falta:
- Monto: Las multas van desde las 100 hasta las 2,000 UMAs, esto representa un costo de entre 11 mil 300 y más de 226 mil pesos mexicanos aproximadamente
- Publicidad: también se sancionará la propaganda o publicidad de estos productos en medios impresos, digitales, radio o televisión
- Medidas Administrativas y de Vigilancia
La Cofepris y las autoridades sanitarias estatales tienen la facultad de ejecutar:
- Clausura: cierre temporal o definitivo de establecimientos (tiendas físicas, locales en plazas o bodegas)
- Decomiso: aseguramiento inmediato de toda la mercancía, dispositivos, líquidos y accesorios
- Revocación: Cancelación de cualquier permiso o autorización previa que las empresas hubieran obtenido mediante amparos
¿Qué pasa con el consumidor?
Es importante aclarar que la reforma no criminaliza al usuario individual. Según lo estipulado:
- No hay cárcel para el consumo: No se arrestará a las personas por vapear o poseer un dispositivo para uso personal
- Espacios Públicos: sí se mantienen las multas administrativas (que pueden llegar a los 3 mil pesos) si se utiliza el dispositivo en espacios 100% libres de humo de tabaco, conforme a la ley antitabaco vigente
La Secretaría de Salud defendió la urgencia de esta medida señalando que los aerosoles producidos por estos dispositivos contienen metales pesados y compuestos carcinógenos que no solo afectan al usuario, sino a terceros. Asimismo, se destacó la preocupación por el creciente consumo entre la población adolescente, atraída por los sabores frutales y diseños compactos.
“No se trata solo de regular, sino de proteger a las nuevas generaciones de una adicción que se presenta bajo una falsa premisa de ser inofensiva”, señaló un vocero de la dependencia.
Por otro lado, asociaciones de vapeadores y distribuidores han expresado su rechazo, argumentando que la prohibición total podría fomentar el mercado negro y privar a los fumadores adultos de una alternativa de reducción de daños.

