La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió seis medidas cautelares por probable vulneración al principio de inequidad en la contienda, la supuesta comisión de hechos que podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), y por la presunta vulneración al interés superior de la niñez. Asimismo, conoció un informe relativo a las quejas desechadas. Todo lo anterior, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
Expresiones publicadas en redes sociales podrían actualizar VPMRG
Una persona que solicitó la protección de sus datos presentó una denuncia en contra de un medio de comunicación y quienes resulten responsables, derivado de la difusión de diversas publicaciones y comentarios en distintas redes sociales, lo que, desde su perspectiva, constituye VPMRG en su contra.
Desde una óptica preliminar, el órgano colegiado consideró la improcedencia de 68 publicaciones, al no hacer alusión a la denunciante o por no contener elementos de VPMRG; en otras 22 publicaciones se declaró la procedencia, ya que podrían actualizar VPMRG contra la quejosa, toda vez que contienen expresiones y/o comentarios ofensivos que refuerzan estereotipos de género, por lo que se ordenó a la red social X y a diversos usuarios de esta red, retirar las publicaciones y/o comentarios derivados del análisis de esta denuncia.
En otro asunto, una persona en su calidad de candidata a Jueza de Distrito en el estado de Morelos, presentó una denuncia en contra de Edgar Martínez Arroyo, por diversas manifestaciones que podrían violentarla como mujer en uso de sus derechos político-electorales, y en contra de quien resulte responsable de dos publicaciones en la red social Facebook, ya que, a decir de la quejosa, contienen expresiones y conductas que pudieran generar una campaña negativa en contra de su participación como candidata.
La Comisión de Quejas y Denuncias, desde una óptica preliminar, determinó que las publicaciones denunciadas no actualizan VPMRG, ya que forman parte del debate público, no existiendo elementos suficientes para justificar una medida cautelar.
Finalmente, una persona candidata a Jueza de Distrito en el estado de Baja California, presentó una denuncia en contra de Cindy Alejandra Lara Gómez, por la supuesta comisión de actos constitutivos de VPMRG, por la difusión de una publicación en la red social X de la denunciada, en la que, a decir de la quejosa, se le atribuyen hechos falsos, uso no consentido de datos personales, además de tener la intención de dañar la imagen y reputación profesional de la candidata.
La Comisión, como resultado de la investigación preliminar, consideró improcedente la adopción de medidas cautelares, por tratarse de actos consumados, ya que la publicación denunciada, no se encuentra visible, así como la improcedencia de la tutela preventiva, por tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Publicaciones en Facebook de candidata a ministra de la SCJN
Guillermo Ricardo Salinas Luca denunció a una persona candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por la presunta difusión de propaganda en diversos perfiles de la red social Facebook, trasgrediendo disposiciones en materia electoral, pues a decir del denunciante, se incurrió en la contratación de publicidad en redes sociales y la aportación de entes no permitidos, vulnerando el principio de equidad, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
Derivado del análisis preliminar, el colegiado consideró procedente la adopción de medidas cautelares, por lo que se ordenó se eliminen las publicaciones difundidas en los perfiles de la red social Facebook: Contra la Mafia del Poder, Mujeres TransformandoMX, Hijxs de la Transformación, Rumbo Claro MX y Universidad Intercontinental, toda vez que, de manera preliminar, se advierten diversas publicaciones alusivas a la denunciada, que fueron pautadas para potencializar su difusión, las cuales, en sede cautelar, se estima que no cumplen con los parámetros establecidos en el marco jurídico aplicable, lo que pudiera vulnerar la equidad en la contienda.
Si bien las publicaciones fueron contratadas para publicitarse en determinada fecha, y que, la difusión potencializada, en algunos casos, ya no se encuentran vigentes, se ordenó a Meta Platforms, INC., retirar de su plataforma de Facebook las publicaciones señaladas en el acuerdo.
Respecto al probable uso indebido de recursos privados y aportaciones ilegales, la Comisión señaló que no puede pronunciarse en sede cautelar, en tanto que atañe al fondo del asunto.
Publicaciones de candidato a magistrado del TEPJF que presuntamente vulneraban interés superior de la niñez
En otra queja, Carmen Patricia López Valle denunció a un candidato a magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, toda vez que el denunciado publicó en sus perfiles de las redes sociales Facebook, Instagram y TikTok, material en los cuales se observa la imagen de una persona menor de edad.
La Comisión de Quejas y Denuncias determinó improcedente la adopción de medidas cautelares, ya que las publicaciones motivo de la queja fueron eliminadas, tratándose de hechos consumados de manera irreparable.
Participación de candidata en programa de radio
Una persona que solicitó la protección de sus datos, denunció a una persona candidata a Jueza de Distrito en la Ciudad de México, por la presunta adquisición de tiempo en radio y la supuesta vulneración al principio de equidad en la contienda, ya que, a decir de la denunciante, a partir de la participación de la candidata denunciada en el actual proceso comicial, como conductora, se vuelve incompatible, al poder influir o incidir en la libre decisión del electorado, ante una posible mayor exposición de su persona e imagen.
Al respecto, desde una óptica preliminar, la Comisión determinó que es improcedente el dictado de la medida cautelar, ya que, con independencia de la posible sobreexposición de la persona candidata denunciada con motivo de su aparición, participación e intervención en el programa Luchando por la Justicia, adicionalmente, debe hacerse el análisis preliminar de los contenidos a efecto de identificar si se trata de propaganda electoral por llamados expresos al voto o equivalentes funcionales, lo cual, preliminarmente, no constituye adquisición de tiempos en radio, ni contraviene el principio de equidad en la contienda electoral.
Informe sobre desechamientos en PES fortalecerá la transparencia y la rendición de cuentas
Finalmente, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), presentó a la Comisión el Informe que da cuenta de los Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) iniciados durante el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, en los que, se determinó su desechamiento.
A propuesta del consejero Arturo Castillo Loza, el informe tiene como principal objetivo fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, de cara, tanto a quienes integran la Comisión, como a la ciudadanía interesada en las determinaciones dictadas en el proceso electoral extraordinario en curso.
En este sentido, el documento presenta una síntesis de los argumentos y razones jurídicas por las que, la UTCE determinó el desechamiento de las quejas o denuncias, en ejercicio de su facultad exclusiva legal y reglamentaria en la tramitación de los PES.
El informe, señala que, del 23 de septiembre de 2024 al 16 de mayo de 2025, la UTCE ha radicado 103 PES, de los cuales 55 fueron desechados, 41 se encuentran en investigación y 7 remitidos a la Sala Regional Especializada del TEPJF. 21 procedimientos relacionados con VPMRG, nueve se desecharon, 12 en investigación y 43 son cuadernos de antecedentes, de los cuales 39 ya fueron concluidos. Es decir, hasta la fecha se han emitido 64 acuerdos de desechamientos.
La mayor cantidad de desechamientos se debe a que los hechos descritos en las quejas o denuncias presentadas no constituyen una vulneración en materia electoral, así como por la falta de medios de prueba. Cabe mencionar que éstos desechamientos pueden ser impugnados ante la Sala Superior del TEPJF, en ese sentido, de los 64 acuerdos dictados se han impugnado 19, de los cuales, 14 han sido confirmados por la Sala Superior y 5 están pendientes de resolución.
Las principales materias de las quejas o denuncias en las que se dictó acuerdos de desechamientos son la presunta VPMRG, supuesta vulneración al artículo 134 constitucional, así como la supuesta participación en foros y debates, actos anticipados de campaña, y adquisición de tiempos de radio y televisión.
La UTCE señaló que se trabaja en coordinación con la Unidad Técnica de Transparencia, para que los informes estén disponibles en el repositorio institucional y sean accesibles para la ciudadanía. Este informe, a partir de la fecha, se presentará de manera semanal.