La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por unanimidad declaró que los derechos a la dignidad humana, así como el nivel de vida adecuado y el principio de progresividad son respetados por la reforma educativa.
De esta manera, la Corte dejó anuladas las impugnaciones realizadas por docentes contra la reforma en cuestión, sosteniendo que no son retroactivas.
Incluso, aceptó que los profesores que reprueben una tercera evaluación podrían quedar separados de sus puestos o, así, reasignados a otras áreas.
Asimismo, aceptaron que en los artículos de la Ley General del Servicio Profesional Docente hay distinciones entre maestros que cuenten con títulos definitivos, y aquellos con nombramientos provisionales.
En este sentido, los maestros que tengan nombramientos definitivos no podrán ser dados de baja del sistema aunque reprueben las evaluaciones, sin embargo, sí serán asignados a otras labores.
Caso contrario a los provisionales, quienes al no verse favorecidos con los resultados quedarán relevados del sistema educativo, ya que de acuerdo con los magistrados quedará así cubierto el derecho de los jóvenes por una impartición de conocimientos de calidad.
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