El Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) sigue sin dar alternativas viables a los servidores públicos que entre 2005 y 2008 obtuvieron créditos hipotecarios por un monto superior al que les correspondía de acuerdo con su nivel salarial, mientras que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) concluyó que el organismo violó la Constitución por no seguir un proceso de desahogo de las anomalías ni otorgar a los empleados el derecho de audiencia.
Las garantías fundamentales de los trabajadores se vulneraron por la aplicación de cobros ilegales, de hasta 50 por ciento de sus salarios, indica la recomendación 60/2012 que la CNDH envió al director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), Sergio Hidalgo Monroy Portillo, y a las autoridades del Fondo. En la misma recomendación plantea que se deben iniciar demandas penales en contra de los funcionarios que tenían bajo su responsabilidad verificar y garantizar que los préstamos se otorgaran con base en la normatividad, y no lo hicieron, lo cual generó un fraude y daño patrimonial al Fovissste.
Las ganadoras fueron las inmobiliarias que vendieron casas y departamentos de alto costo a personas que en realidad no tenían la capacidad económica para adquirirlos, señalaron algunos de los afectados y ahora beneficiarios de la recomendación de la CNDH. Insistieron en que están en la mejor disposición de cubrir la demasía de su préstamo hipotecario, pero en condiciones acordes con su nivel de ingresos y no como pretende el Fovissste que se haga en unas cuantas exhibiciones y por montos para nosotros impagables.
En su investigación, la CNDH corroboró que los trabajadores no tuvieron ninguna responsabilidad en haber obtenido créditos por cantidades superiores a los que les correspondían, pues nunca tuvieron acceso al sistema informático donde se generaron los expedientes y las autorizaciones. Eso lo hacían, en aquellos años, empleados del Fovissste y representantes de la Sociedad Financiera de Objeto Limitado, indica la CNDH.
