El delegado de la Profeco, Jesús Carlos Hernández Hernández, comentó que los valet parking deben ser un servicio adicional que presten los propios restaurantes o bares, ya que si los establecimientos se deslindan se estaría incurriendo en una falta, pues equivaldría al ambulantaje, pues utilizan la vía pública sin tener domicilio fiscal o garantías de seguridad.
El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), dijo que en el caso de los valet parking se tiene que analizar si es un servicio adicional de los restaurantes y bares o si se trata de uno independiente prestado por otra empresa. En el primero de los casos, el establecimiento sería el responsable del servicio y tendría que responder al cliente, mientras el segundo estaría incurriendo en una falta equivalente al comercio ambulante.
Para regular a los valet parking que sean independientes, la Profeco recomendó al gobierno municipal que comience con su regularización para que, entonces, pueda defender los derechos de los consumidores. Mientras eso ocurre se llamó a los clientes a que no dejen sus automóviles en sitios que no estén ligados a un comercio establecido, porque sería una forma de fomentar el ambulantaje.
El ayuntamiento de Puebla se comprometió en la sesión del Cabildo del 13 de noviembre a analizar un posible cobro de impuestos a los valet parking que operen en la Avenida Juárez y la calle 43 Poniente, aunque dicha medida ha sido rechazada por los prestadores del servicio.
Multas contra estacionamientos
Por otro lado, el funcionario, enunció que han estado efectuando operativos en estacionamientos públicos en diferentes épocas para cerciorarse de que el funcionamiento esté de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor y de las normas oficiales mexicanas, teniendo como resultado en algunos de los casos multas y suspensiones de actividad comercial.
Dentro de dichas revisiones se estaría contemplando las condiciones del servicio, que tenga las tarifas de forma visible a los consumidores, que en el boleto se establezcan las condiciones relativas al contrato de adhesión y que esté dado de alta ante la Profeco, además de que venga la contratación de un seguro por daños a terceros. Todos estos requisitos son obligatorios.
En ese sentido, Hernández Hernández, compartió que sí han tenido quejas de los usuarios, no detalló cuántas, y que de ello han derivado varias suspensiones de actividad comercial, sanciones o medidas precautorias para que se subsanen las deficiencias en las que hayan incurrido, esto independiente de los procesos que se inicien por infracciones a la ley.