De acuerdo a la resolución que este miércoles 27 de Septiembre dio a conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a la controversia 9/2012, se exponen las siguientes consideraciones:
El proyecto elaborado por el Ministro José Ramón Cossío Díaz fue presentado en el sentido de sobreseer la controversia; luego de haberse discutido se desechó por mayoría de 4 votos de los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea,
En términos del artículo 17 Segundo Párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la federación, se ordenó enviar los autos a la residencia de la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que sea turnado a un Ministro de los que votaron en mayoría para la elaboración de un nuevo proyecto de resolución, como se puede corroborar en la página web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Una vez que sea turnado al Ministro que corresponda para la elaboración de un nuevo proyecto se deberá emitir un acuerdo para ser listado nuevamente y sea discutido por la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Es necesario precisar, que no se entró al estudio de la inconstitucionalidad de la tabla de valores y al no sobreseerse se tendrá que entrar al estudio a fondo del asunto, empezando por analizar las causales de improcedencia y por consiguiente tendrán que estudiar las que se hicieron valer por el H. Congreso del Estado al momento de contestar la demanda.
