El Primer Tribunal Colegiado en materia civil del Primer Circuito negó un amparo que promovió la empresa Concesiones Integrales, mejor conocida como Agua de Puebla, por lo que tendrá que hacerse cargo del saneamiento de aguas residuales y presentar un informe de ello.
En rueda de prensa, el Colectivo por el Bienestar Social señaló como legal la medida cautelar que otorgó el Juzgado Quinto de Distrito, la cual obliga a la empresa a dar el servicio de saneamiento del vital líquido para evitar contaminación y un foco de infección que perjudique a la población en general.
Asimismo, la concesionaria deberá informar al juzgado a fin de garantizar el cumplimiento de la medida; además, tendrá que devolver a los usuarios del servicio de agua potable el cobro que les hicieron por saneamiento.
La organización civil también dio a conocer que la concesionaria solicitó que no se hicieran públicos los informes de saneamiento que deben de presentar cada mes, argumentando que se trata de información confidencial.
Por lo que, René Sánchez Galindo, representante del colectivo, sostuvo que con base en el artículo 602 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los demandantes tienen el derecho de conocer los informes.
El amparo en revisión 615/2023 se promovió en la última instancia a nivel federal y fue resuelto el pasado 20 junio de 2024 por los tres magistrados que integran el Tribunal, en unanimidad de votos, quienes dejaron firme la sentencia.
Cabe recordar que, la demanda promovida por el Colectivo por el Bienestar Social en contra de Agua de Puebla se debe a la falta de saneamiento, deficiencias en el servicio en colonias de Puebla, así como la contaminación en los ríos Alseseca y Atoyac.