Con el argumento de que el nuevo Reglamento de Tránsito Municipal no abona a la movilidad y que su único objetivo es con fines recaudatorios, este fin de semana un grupo de inconformes con dicha aprobación del pasado jueves se reunió en el Parque “Benito Juárez García”.
Alrededor de las 10:00 horas de este domingo, Daniel Huerta, expresó su rechazo a la aprobación del Cabildo de Puebla, misma que se llevó a cabo el pasado 5 de febrero del presente año.
Incluso, el joven, consideró que en Puebla existe “una represión” en cuanto al tema de movilidad, pues los elementos de Vialidad sólo se dedican a obtener dinero a través de las denominadas “mordidas”.
“La ciudad está llena de concreto hidráulico, de ‘fotomultas’ y de negocios para particulares que ni siquiera son poblanos”, declaró el inconforme con el Reglamento aprobado por unanimidad de votos.
Incluso, los presentes acordaron utilizar las diversas redes sociales para expresar su descontento, además de pegar volantes en las casas y pintar los vidrios de automóviles para que la autoridad conozca su posición hacia la nueva norma y las sanciones, entre las que destacan:
• 3: Ofender, insultar o denigrar a los agentes en el desempeño de sus funciones: Artículo 294, fracción XVI: Multa de 12 a 20 días de salarios mínimos.
• 26: Increpar al peatón cuando le corresponda el derecho de preferencia: Artículo 258, fracción II: Multa de 2 a 4 días de salarios mínimos.
• 28: Transitar o invadir una Ciclovía y ciclo carril: Artículo 294, fracción XXIV: Multa de 2 a 4 días de salarios mínimos.
• 29: Cruzar una intersección cuando los semáforos lo permitan pero no exista espacio suficiente para terminar de avanzar y se bloquee el paso de personas o vehículos: Artículo 314, fracción VIII: Multa de 8 a 12 días de salarios mínimos.
• 34: No disminuir la velocidad a 30 kilómetros por hora en las calles del centro histórico, calles locales, zonas escolares, de hospitales, parques, centros comerciales, de espectáculos y demás centros de reunión: Artículo 302, fracción III: Multa de 12 a 20 días de salarios mínimos.
• 112: Hacer paradas en lugares distintos a los señalados para tal efecto, así como realizar las maniobras de ascenso o descenso de pasajeros, en carril distinto al de extrema derecha: Artículo 265, fracción IV: Multa de 80 a 100 días de salarios mínimos.
• 126: Circular fuera de la ruta autorizada por la autoridad competente: Artículo 265, fracción XI: Multa de 20 a 30 días de salarios mínimos.
• 127: Hacer base y/o uso de relojes checadores en el centro histórico: Artículo 265, fracción XII: Multa de 20 a 30 días de salarios mínimos.
• 128: Estacionarse o pernoctar sobre vialidades primarias y secundarias a los conductores de tractocamión articulado o doblemente articulado: Artículo 284: Multa de 4 a 8 días de salarios mínimos.
• 63: Ocasionar atropellamiento de una persona: Artículo 292: Multa de 80 a 100 días de salarios mínimos.
