Con el propósito de actualizar el marco legal para fortalecer la protección de las víctimas y promover la solidaridad social ante el uso de las tecnologías y medios digitales, la diputada Ana Lilia Tepole Armenta presentó una iniciativa para adicionar un segundo párrafo al artículo 350 del Código Penal del Estado, en materia de abandono de personas.
La propuesta establece que cuando una persona encuentre abandonado a un menor incapaz de cuidarse a sí mismo, o a una persona herida, inválida o en situación de peligro, y en lugar de solicitar apoyo inmediato o brindar auxilio mínimo decida grabar, transmitir o difundir imágenes, audio o video de la víctima, se le impondrá además de la sanción establecida en la norma, una multa de cincuenta a cien Unidades de Medida y Actualización.
En la exposición de motivos, la legisladora precisó que la iniciativa no pretende criminalizar el uso de dispositivos móviles, restringir la libertad de expresión, limitar la actividad periodística ni impedir la documentación legítima de hechos con fines probatorios o informativos. Asimismo, señaló que la propuesta respeta los principios de legalidad, proporcionalidad y mínima intervención penal.
La iniciativa señala que la conducta sancionable se limitará exclusivamente a los casos en los que exista la posibilidad real y razonable de solicitar apoyo inmediato o brindar auxilio sin poner en riesgo la integridad personal, y aun así se anteponga deliberadamente la grabación o difusión de contenido al deber básico de asistencia.
La diputada Ana Lilia Tepole destacó que la reforma encuentra sustento en principios constitucionales relacionados con la dignidad humana, el derecho a la integridad personal, la protección reforzada de las víctimas y la obligación del Estado de promover condiciones que favorezcan la solidaridad social y la convivencia armónica.

