El Senado de la República aprobó la reforma a la Ley de Amparo, que modifica de manera significativa las reglas de este juicio constitucional, incluyendo un artículo transitorio que ordena aplicar las nuevas disposiciones a todos los procesos en curso. La decisión fue calificada por la oposición como un “retroceso histórico” y una violación al artículo 14 de la Constitución, que prohíbe dar efecto retroactivo a la ley en perjuicio de persona alguna.
Con 76 votos a favor y 39 en contra en lo general, y 70 contra 39 en lo particular, los senadores avalaron la iniciativa impulsada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, y respaldada por la mayoría de Morena y sus aliados. El dictamen también reforma el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Entre los principales cambios se encuentran:
- La definición más estricta del interés legítimo, que ahora debe representar una lesión real, diferenciada y no meramente hipotética.
- Limitaciones al amparo en materia fiscal, al impedir que se otorgue suspensión contra el cobro de créditos fiscales firmes.
- La obligación de que las garantías en estos casos se constituyan únicamente mediante billete de depósito o carta de crédito emitida por instituciones autorizadas.
- La ampliación de plazos procesales, como el dictado de sentencias en amparo indirecto, que pasó de 60 a 90 días naturales.
- La implementación de herramientas digitales para agilizar el trámite de juicios en línea.
El punto más polémico: la retroactividad
El debate más álgido giró en torno al primer artículo transitorio, impulsado por el morenista Manuel Huerta, que establece que los juicios actualmente en trámite deberán resolverse bajo las nuevas disposiciones.
La oposición advirtió que esta retroactividad afectará directamente a los más de 700 mil amparos en curso, dejando a miles de ciudadanos sin la posibilidad de defenderse con las reglas con las que iniciaron su proceso.
“La reforma no fortalece al amparo, fortalece a las autoridades; favorece la concentración de poder en el gobierno y reduce los contrapesos ciudadanos”, denunció la senadora panista Guadalupe Murguía.
Por su parte, la priista Carolina Viggiano sostuvo que con la nueva definición de interés legítimo se limitan las acciones colectivas para proteger recursos naturales, al tiempo que se abre la puerta para que las autoridades incumplan sentencias con pretextos legales.
Oficialismo defiende cambios
En contraste, Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, afirmó que la reforma “fortalece al juicio de amparo como escudo ciudadano frente al poder, pero cierra los resquicios que han permitido abusos procesales”.
El morenista Manuel Huerta argumentó que el transitorio no es inconstitucional y que busca evitar que se usen amparos como mecanismos dilatorios en sentencias fiscales firmes.
Próximos pasos
Tras su aprobación en el Senado, la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde continuará el proceso legislativo.
Mientras tanto, juristas y legisladores de oposición advirtieron que la reforma terminará siendo impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al considerar que vulnera los principios básicos de la Constitución y debilita la protección de los ciudadanos frente a abusos de autoridad.