Un juez federal admitió a trámite el primer amparo en contra de la polémica Ley Ciberasedio de Puebla, que contempla sanciones de hasta tres años de prisión por expresiones ofensivas en redes sociales. El recurso legal fue presentado por la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, la cual argumenta que la reforma vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión.
El juez Cuauhtémoc Escobar González, titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal, admitió la demanda y fijó el 27 de agosto como fecha para la audiencia constitucional, donde decidirá si el amparo procede o se desecha.
La reforma, aprobada por el Congreso local con mayoría de Morena y sus aliados, tipifica el nuevo delito de ciberasedio, imponiendo penas de 11 meses a tres años de cárcel y multas de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA). La norma sanciona a quienes “injurien, ofendan, agraven o vejen” de forma insistente a otra persona a través de redes sociales o plataformas digitales.
Críticas a la Ley Ciberasedio: ¿censura en redes sociales?
La Fundación Iris, representada por Érika Nictehá Flores Gutiérrez, sostiene que la ley es ambigua, desproporcionada y podría convertirse en un mecanismo de censura en Internet. En su auto de admisión, el juez federal solicitó al Congreso de Puebla y al gobernador Alejandro Armenta Mier un informe sobre los señalamientos de inconstitucionalidad.
Este amparo se suma a la acción de inconstitucionalidad presentada por ciudadanos y el PAN, quienes advierten que castigar críticas en redes sociales podría limitar la libertad de expresión.
Claves del amparo contra la Ley Ciberacoso en Puebla
- Libertad de expresión en riesgo: castigar críticas en redes sociales con cárcel podría vulnerar derechos humanos.
- Invasión de competencias: solo el Congreso de la Unión puede legislar en temas de Internet y comunicación.
- Aprobación sin debate ciudadano: no hubo consulta pública ni deliberación social sobre la reforma.
- Falta de claridad: no se define con precisión qué se considera “daño emocional” ni qué nivel de “insistencia” constituye delito.
- Sanciones severas: penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta 300 UMA (equivalentes a 33 mil 942 pesos mexicanos).
Próximos pasos en el proceso legal
La audiencia del 27 de agosto será clave para definir si el juez continúa con el análisis del amparo o lo desecha. De proceder, podría abrirse la puerta a suspender o incluso derogar parcialmente la Ley Ciberasedio, considerada por críticos y opositores como una “ley mordaza”.