El Congreso del Estado nombró los Concejos Municipales de Chignahuapan y Venustiano Carranza sin que hubiera sido notificado formalmente por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) de la nulidad de la elección.
Así lo exhibe el informe circunstanciado que el TEEP envió a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que le requirió para resolver el juicio SCM-JDC-2431/2024, con el que Marco Antonio Valencia Ávila busca revocar la nulidad de los comicios.
El documento fue publicado por Gerardo Saravia Rivera, exmagistrado del TEEP y actual defensa legal de Marco Antonio Valencia, excandidato del PAN, PRI, PRD y PSI a presidente municipal de Venustiano Carranza.
“En el tema de Venustiano Carranza, el @trielecpue le informa a @TEPJF_SRCDMX que desconoce la razón del porque en el @CongresoPue nombraron Consejos Municipales y hace ver que cuando eso sucedió, aún no le había notificado formal y jurídicamente. Solo se exhiben”, publicó Saravia.
Según el informe circunstanciado que el @trielecpue envió a @TEPJF_SRCDMX, el @CongresoPue nombró los Consejos Municipales de Chignahuapan y Venustiano Carranza cuando aún no había sido notificado formalmente de la nulidad de la elección 😱
El documento es de @gerardosaravia7 pic.twitter.com/KLtmXrePta
— Berenice Martínez (@bereymar) October 18, 2024
Congreso designó Concejos Municipales sin estar notificado
En su informe, el TEEP señala que desconoce los motivos formales y jurídicos por los que el Congreso de Puebla realizó los nombramientos de los Concejos Municipales de Chignahuapan y Venustiano Carranza.
Sin embargo, supone que lo hizo porque se enteró de la nulidad de la elección en la sesión pública del 14 de octubre que se transmitió en vivo y con la intención de evitar un estado de ingobernabilidad en los municipios.
Por otro lado, el TEEP reconoció que jurídicamente el Congreso ya estaba en condiciones de realizar las designaciones de los Concejos Municipales.
“Este Tribunal desconoce los motivos formales y jurídicos por los que el H. Congreso del Estado de Puebla realizó dichos nombramientos, sin embargo, suponiendo sin conceder, el legislativo lo hizo en atención a que las sesiones de este Tribunal son transmitidas en vivo y en consecuencia, dicho órgano legislativo pudo tener conocimiento de las determinaciones adoptadas por este Organismo Jurisdiccional, y en atención a que el Pleno del Congreso fue convocado para la designación de los Ayuntamientos de Ayotoxco de Guerrero y Xiutetelco, utilizaron el mismo medio para realizar la inminente designación de los Concejos Municipales en los Ayuntamientos de Chignahuapan y Venustiano Carranza, con la intención de evitar un estado de ingobernabilidad en las citadas municipalidades, ya que las nulidades de las elecciones, fueron decretadas en la sesión pública de este Tribunal local convocada para las veintitrés horas del día catorce de octubre del año en curso, por lo que a la conclusión de la sesión, jurídicamente ya estaba en condiciones de decretar las respectivas designaciones”, dice el informe.
El TEEP solicitó que el juicio de Valencia Ávila sea desechado de plano por ser notoriamente improcedente, al haber un cambio de situación jurídica y que hacen irreparables los efectos derivados de la sentencia emitida.