La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló a favor de Juan Lira Maldonado, excandidato a presidente municipal de Chignahuapan y revocó el acuerdo del IEE en el que se declaró la nulidad de la elección.
En sesión pública de este lunes, el Pleno resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía con clave SCM-JDC-2416/2024, promovido por Juan Lira, quien en la pasada campaña electoral fue candidato del partido Fuerza por México Puebla.
El excandidato conocido como “El Moco” controvirtió la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) por la cual se confirmó el acuerdo del Instituto Electoral del Estado (IEE), en el que se declaró imposibilitado para emitir el resultado y declarar la validez de los comicios, además de que se notificó esa determinación al Congreso local para que convocara a elección extraordinaria.
La Sala Regional Ciudad de México declaró sustancialmente fundados los agravios de Juan Lira, al estimar que el TEEP debió advertir que el IEE tenía el deber de realizar el cómputo de todos los paquetes de la elección, ya que solo a partir de esto era posible conocer si existió alguna afectación o inconsistencia en los resultados de las casillas.
Consideró que no existió una imposibilidad material ni jurídica para que el IEE realizara el procedimiento de reconstrucción de resultados, a fin de concluir con el cómputo de la elección de Chignahuapan.
Por unanimidad de votos, determinó que aun cuando hubiera existido una vulneración a la cadena de custodia, lo que procedía era buscar la reconstrucción de los resultados electorales, conforme al procedimiento establecido en la legislación y no declarar la nulidad de la elección.
#ULTIMAHORA La @TEPJF_SRCDMX revoca el acuerdo del @Puebla_IEE por el que se declaró la nulidad de la elección del municipio de Chignahuapan, Puebla.
Falla a favor de Juan Lira Maldonado, alias “El Moco”.@retodiariomx pic.twitter.com/urJeN3oO6z
— Berenice Martínez (@bereymar) October 8, 2024
Se debe mencionar que esta sentencia de la Sala Regional Ciudad de México puede ser impugnada ante la Sala Superior del TEPJF, la máxima instancia en materia electoral del país que confirmará o revocará el fallo.