El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador publicó este lunes un decreto para la creación de siete rutas de trenes de pasajeros, adicionales al Tren Maya y al Tren Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), AMLO declaró área prioritaria “para el desarrollo nacional” el Sistema Ferroviario Mexicano, por lo que las nuevas rutas correrán por vías férreas concesionadas entre 1996 y 1999.
“Es de interés del Gobierno de México impulsar la implementación de ferrocarriles de pasajeros que permitan mejorar la calidad de vida, el bienestar y la movilidad de las personas”, señala.
Dichas rutas deberán considerar las estaciones que se encontraban en operación antes del año 1995, indica el decreto.
Rutas propuestas por AMLO:
- Tren México-Veracruz-Coatzacoalcos
- Tren Interurbano AIFA-Pachuca
- Tren México-Querétaro-León-Aguascalientes
- Tren Manzanillo-Colima-Guadalajara-Irapuato
- México-San Luis Potosí-Monterrey-Nuevo Laredo
- México-Querétaro-Guadalajara-Tepic-Mazatlán-Nogales
- Aguascalientes-Chihuahua-Ciudad Juárez
Asimismo, el documento señala que los trenes de pasajeros deben ser económicos, seguros y sustentables, para incrementar la movilidad de la población en las principales ciudades.
Finalmente, el Gobierno de México invitó a los concesionarios de transporte ferroviario de carga a presentar los proyectos para la implementación del servicio ferroviario.
El texto también estipula que las empresas deberán presentar propuestas viables en inversión, tiempo de construcción y modernización de vías para otorgar el servicio de pasajeros a más tardar el 15 de enero de 2024.
En caso de que los concesionarios no presenten propuestas viables en inversión, tiempo de construcción y modernización o no manifiesten su interés y aceptación en el plazo establecido, el Gobierno Federal otorgará títulos de asignación a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) o a la Secretaría de Marina (Semar), que ya operan los trenes Maya y del Istmo de Tehuantepec.
El decreto que entra en vigor señala que la regulación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros estará a cargo de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), en el marco de sus respectivas atribuciones.