En la sesión ordinaria del Congreso se aprobaron modificaciones para regular el funcionamiento de bares y restaurantes para la venta y consumo de alcohol, así como la obligación de que restaurantes presenten las calorías en sus cartas o menús.
En el tema de la regulación de la venta de bebidas alcohólicas se estableció una pena corporal de hasta cuatro años y medio de prisión, y multa económica de 500 días de salarios mínimos a quien venda bebidas embriagantes a menores de edad o estén adulteradas.
Por medio de esta Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas que envió el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle Rosas, se busca regular los establecimientos que se dedican a comercializar estos productos.
Con esta nueva normativa se delimita que establecimientos podrán vender bebidas alcohólicas y la licencia que deberán obtener de la autoridad municipal para operar dentro del marco de la ley.
En el tema de los menús en los restaurantes se avalaron modificaciones a la Ley de Salud para hacer obligatorio que cadenas que cuenten con más de dos sucursales en sus establecimientos coloquen en sus cartas la información calórica.
Cabe mencionar que esta propuesta fue realizada por el diputado panista, Mario Riestra Piña, al detallar que estas adecuaciones permitirán que en las instituciones educativas se haga un censo entre los alumnos para determinar quiénes tienen una mayor tendencia a padecer sobrepeso.
Finalmente, se obliga que se publique una lista en la que se expongan todos los alimentos o productos que son considerados “no sanos” y que los restaurantes que cuenten con más de tres establecimientos etiqueten en sus menús los aportes calóricos de cada uno de sus platillos.