Ningún joven será sancionado por no darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), informó este lunes el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
“Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones”, indicó en un comunicado.
El organismo recordó que con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes obligatorio para mayores de 18 años.
Sin embargo la incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica.
“Con esta propuesta, el SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres”.
Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas
empresas.
El SAT mencionó que la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cédulas profesionales de los recién graduados y titulados.
Señaló que entre los beneficios destaca el asegurar la identidad fiscal, realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente.
Si los jóvenes ya estaban inscritos en el RFC y no trabajan, deben verificar que estén registrados como: “Inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el Portal del SAT para no generar obligación fiscal.
El link es https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc. Ahí deben revisar su Constancia de Situación Fiscal y revisar que en la sección Régimen mencione:
“Sin obligaciones fiscales”.
En caso de no poder ingresar a este link por su falta de contraseña, se sugiere solicitarla en SAT ID https://satid.sat.gob.mx/.
Finalmente, es importante aclarar que los jóvenes que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad; mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de impuestos por ello.