El Diputado Local Héctor Eduardo Alonso Granados, presentó la Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción V ambas del artículo 87 del Código de Defensa Social del Estado, el cual propone sanciones a aquellas personas que por conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de algún estupefaciente, ocasionen daños en propiedad ajena y/o lesiones, tema que será analizado en las Comisiones Unidas de Gobernación y de Procuración y Administración de Justicia.
En este sentido, Alonso Granados señaló que este tipo de lícitos siguen impactando a la Sociedad y la razón es que un conductor en dichas condiciones no solo representa un peligro para la comunidad, sino de igual forma para sí mismo y quienes lo acompañen en el vehículo, por lo que es necesario concientizar a la ciudadanía en relación a lo que represente este tipo de conductas, es decir, saber que manejar en esas condiciones pone en riesgo a su persona, a los demás y sus bienes.
Por lo que resaltó la importancia de reformar el artículo 87 del Código de Defensa Social, a fin de precisar que en aquellos casos en que el probable responsable conduzca es estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares, y que únicamente cause daño en propiedad ajena, es decir, que no haya lesionados ni haya causa de un homicidio, se establezca como sanción adicional a la sanción genérica para delitos imprudenciales, una multa de cien días de salario mínimo vigente al momento de los hechos, para crear un Fondo de Atención a la Víctimas de Accidentes por Alcohol, dicha multa se convertirá en crédito fiscal a favor del Estado.
“No hay que olvidar que existen diferencias en los delitos imprudenciales, de acuerdo a la conducta del autor del hecho licito, pues entre las situaciones atribuibles al conductor, algunas, se generan por falta de previsión o pericia pero por una incapacidad de reacción natural, no inducida; y otras cuando éste se coloca en una condición que disminuye su capacidad de reacción o distorsiona las circunstancias reales, como sucede en los casos de ingesta de bebidas alcohólicas alcanzando un estado de embriaguez”, informó el legislador poblano.
Finalmente, el represente popular puntualizó que dicha conductas delictivas son sancionadas, en razón de que tal negligencia de omisión de cuidados se manifiesta lesionando distintos bienes jurídicos como la integridad de las personas o su patrimonio, y todo a causa de una imprevisión del autor del delito “Es necesario dejar claro que en el Estado de Puebla el mezclar el alcohol y el volante es un gran delito.”
