Por primera vez se hizo pública la investigación realizada por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Procuraduría General de la República sobre las operaciones de lavado de dinero que se ejecutó en la Casa de Cambio Puebla y que derivó en el retiro de su permiso como una institución con operaciones bancarias.
El expediente de más de 125 páginas reveló las anomalías detectadas desde 2007, cuando se inició la investigación sobre las acciones del lavado de dinero vinculadas al narcotraficante, “Chapo Guzmán”, y recientemente a acciones irregulares del banco HSBC porque triangularon dinero desde Estados Unidos a México a través de Casa de Cambio Puebla.
Pese a que en abril pasado por órdenes del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa se había revocado la primera cancelación del permiso para operaciones, el 18 de octubre en el Diario Oficial de la Federación se publicó la orden de la nueva cancelación del registro de la casa de cambio.
A continuación se reproduce cronológicamente el expediente señalado por parte de las autoridades federales y que está publicado en el Diario Oficial de la Federación:
Antecedentes
1. El 18 de diciembre de 1985, la SHCP emitió el oficio 102-E-366-DGSV-II-B-c-5545, con el que se dio la autorización a “Casa de Cambio Puebla, SA de CV,” para realizar operaciones de compra, venta y cambio de divisas.
2. El 1 de noviembre de 2007, las direcciones generales de Prevención de Operaciones Ilícitas, de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas, así como la Dirección Contenciosa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitieron un oficio en el que reportaron las siguientes anomalías:
a) El 7 de junio de 2007 la CNBV ordenó una práctica de investigación a Casa de Cambio Puebla.
b) El 6 de julio concluyeron las primeras investigaciones por parte de la CNBV.
c) La CNBV detectó omisiones en la aplicación del reglamento para evitar operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo (a través del oficio 131/866873/2007 de fecha 10 de septiembre de 2007).
El 1 de noviembre la CNBV dio un plazo de diez días a Casa de Cambio Puebla para responder a las observaciones realizadas y ese mismo día se pidió a la SHCP que cancele el permiso para sus operaciones por incurrir en irregularidades graves.
d) El 7 de noviembre de 2007 la SHCP notificó a Casa de Cambio Puebla de manera oficial el inicio del retiro de su permiso para realizar operaciones por las siguientes anomalías:
Clientes de la casa de cambio
De una muestra de 130 clientes que tomó la CNBV se detectaron 92 personas físicas (89 de nacionalidad mexicana y 3 extranjeras) y 38 personas morales. De esos 92 clientes no contaban con datos o documentación para la identificación.
Casa de Cambio Puebla, tenía identificados a 26 clientes como de “alto riesgo” pero a ninguno se le hizo una visita domiciliaria, entre los cuales estaban con las siguientes claves: PIERRE, SILVIA, TRINI, RRR, IRMA609, ANGET, VIALCA, ATC, WAFFAA, RONZA, CCSM y CATORCE1598.
Entre los clientes de Casa de Cambio Puebla, había tres centros cambiarios identificados como MARLA, SERGIOR y LIMINI, y no fueron incluidos en la lista de los 26 clientes catalogados como de “alto riesgo”.
El cliente con la clave DERBEZ tampoco estaba en la lista de “alto riesgo”, pese a que era una persona políticamente expuesta nacional (que puede ser un ex jefe de Estado o que haya ocupado un importante cargo).
Entre 2005, 2006 y 2007 se permitieron acciones de traspaso de recursos a nombre de terceras personas y el cliente con clave HUIMEI era un dependiente económico con documento migratorio FM3, como dependiente económico.
A los clientes identificados como ANDREAS, DAVI712, ELOÍSA, ARMANDO, FEDE813, FACUNDO, IRMA609, HERNA, HEMENA, HUM, ANGET, CABALLERO17, JAGO y ALIMENTOS, se les tenía en la lista de “alto riesgo”, pero jamás se recabó información extra de los mismos.
Casa de Cambio Puebla, tenía 57 clientes sin el formato de conocimiento para determinar su perfil transnacional.
Operaciones irregulares
En el apartado de la investigación, denominada “Reporte de operaciones inusuales”, se establecen las siguientes anomalías de movimiento de clientes con las siguientes cantidades:
PARADISE 22/05/2007, 4/05/07, 25/03/07, con movimientos por 15,554.58 dólares americanos y 10,909.00 dólares americanos.
SHERATON 22/05/2007, 29/04/07 y 17/07/05, con 13,530.21 dólares Americanos y 7,150.07 dólares americanos. Y en las fechas 22/05/2007, 04/05/07, 17/07/05, con 16, 858.48 y 7,150.07 dólares americanos.
El mismo cliente hizo operaciones el 22/05/2007, 11/05/07, y 17/07/05 por 17,608.17 y 7,150.07 dólares americanos.
Y los días 22/05/2007, 18/05/07, 17/07/05, hizo transacciones por 28,821.25 y 7,150.07 dólares americanos.
Otro de los clientes detectados con operaciones inusuales que no fueron reportadas por Casa de Cambio Puebla, es DAV1712 que el 27 de febrero de 2007 compró 39,845 dólares americanos. Ese mismo día el cliente AZVARA compró 151,050.00 dólares americanos.
Para el 28 de marzo de 2007 el cliente FACUNDO compró 352,800.00 dólares americanos y ese mismo día el cliente FERNA2504 compró 363,384.00 dólares. Y también el mismo 28 de marzo de 2007 el cliente RV compró 266,616.00 dólares.
Un dato más que arrojó la investigación fue que Casa de Cambio Puebla tenía faltantes de liquidez de la siguiente forma:
28 de septiembre 2007: $5, 269,279.00 M.N.
5 de octubre de 2007: $5, 360,528.00 M.N.
12 de octubre de 2007: $3, 550,195.00 M.N.
19 de octubre de 2007: $2, 906,874.00 M.N.
Batalla legal
La batalla legal entre la SHCP y Casa de Cambio Puebla después que se ordenó el retiro del permiso para las operaciones se resume de la siguiente forma:
El 8 de octubre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo de revocación del permiso a Casa de Cambio Puebla.
El 12 de septiembre de 2008 la empresa, Casa de Cambio Puebla, promovió el amparo 1185 / 2008 en el Juzgado Décimo de Distrito.
El 6 de abril de 2009 se negó el amparo a Casa de Cambio Puebla.
El 31 de agosto de 2009 se sobreseyó el juicio de amparo.
El 25 de febrero de 2010 el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito ordenó reponer el proceso de amparo.
El 5 de julio de 2010 el juez Décimo de Distrito volvió a sobreseer el juicio.
El 3 de marzo de 2011 el Tercer Tribunal Colegiado resolvió sobreseer el juicio.
El 5 de octubre de 2011 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobreseyó el juicio de amparo.
El 23 de febrero de 2012 el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito sobreseyó el amparo pero otorgó la protección contra acciones emprendidas contra la SHCP, aunque fueron corregidos ante el Tribunal las fallas.
El 26 de septiembre de 2012 el secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Meade Kuribreña, reiteró la orden de cancelar el permiso y el 18 de octubre de 2012 se públicó en el Diario Oficial de la Federación.
