El día de hoy el juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Décima Región con sede en Saltillo, Coahuila, emitió una sentencia con motivo del amparo promovido por OHL contra el decreto por el cual se rescató la concesión otorgada por 30 años para la construcción, explotación, conservación y mantenimiento del Libramiento Norte (juicio 895/2012).
En la sentencia, el juez, estudia dos conceptos de violación expresados por OHL en su demanda de amparo:
El primero, según OHL, el decreto no cumplía con los requisitos de fundamentación y motivación requeridos por la Constitución Federal para todo acto de autoridad, es decir, que exista una facultad legal que autorice al gobierno de Puebla a rescatar la concesión y que existan motivos para ejercer dicha facultad.
Al respecto, el juez, determinó que el argumento de OHL es infundado “porque de la simple lectura del mismo [decreto] se advierten los preceptos legales en que se fundó la declaratoria de rescate, que se citaron y transcribieron en su parte considerativa”.
El segundo, OHL, se quejó de no haber existido una garantía de audiencia previa al decreto de rescate, en la que pudiera haber expresado al gobierno del estado sus argumentos, del porqué no debía rescatarse la concesión. En este caso, el juzgador consideró que el argumento de OHL era válido y, por lo tanto, concedió el amparo única y exclusivamente para que el gobierno del estado otorgue dicha garantía de audiencia, dejándolo en libertad para volver a rescatar la concesión en caso de que así lo considere después de escuchar los alegatos de OHL.
El “amparo para efectos” concedido no es cosa juzgada, existe un recurso de revisión que el gobierno del estado agotará ante un Tribunal Colegiado de Circuito y mientras no exista una sentencia de segunda instancia, el decreto de rescate emitido el 9 de mayo de 2012 sigue surtiendo efectos.
OHL no cuenta con una suspensión en el juicio de amparo, toda vez que el Tribunal Colegiado de Circuito confirmó la resolución que negó la suspensión definitiva, por lo que no puede continuar gozando de la concesión hasta entonces.
