La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso del Estado de Puebla reformar el Código Civil para permitir que niñas, niños y adolescentes trans e intersex puedan rectificar su acta de nacimiento conforme a su identidad de género autopercibida, mediante un procedimiento administrativo accesible, ágil y confidencial, con el acompañamiento de sus representantes legales y respetando en todo momento el interés superior de la niñez.
El mandato surge de la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, resuelta el 7 de marzo de 2022 por unanimidad de los ministros. La Corte declaró inconstitucional el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla, que restringía el trámite de rectificación registral solo a personas mayores de 18 años, al considerarlo violatorio de los derechos a la igualdad, no discriminación y libre desarrollo de la personalidad.
La SCJN vinculó expresamente al Congreso local para que, en un plazo inicial de 12 meses, emitiera “una regulación que establezca un procedimiento de rectificación registral que permita a las personas menores de edad ejercer este derecho con el acompañamiento de sus representantes”, atendiendo los criterios fijados por la propia Corte y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pese a que han transcurrido más de cuatro años y múltiples requerimientos judiciales, el Legislativo poblano aún no ha aprobado la reforma. Este 27 de marzo vencía el plazo otorgado por la SCJN para informar sobre el cumplimiento de la sentencia.
El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo), Pavel Gaspar Ramírez, y el director general de Asuntos Jurídicos del Congreso, Jesús Juárez Lezama, informaron este jueves que ya se notificó formalmente a la Corte que el tema “sigue en estudio” debido a su relevancia jurídica y que el Congreso se encuentra en receso legislativo, por lo que no es posible aprobar decretos. Argumentaron que el periodo ordinario de sesiones se reanudará el 15 de mayo y que, en caso necesario, se convocaría a una sesión extraordinaria para abordar la iniciativa.
“Se le informó a la Corte que sigue en estudio el tema, dada su relevancia y que estamos en vías de cumplimiento. La Corte tomará en cuenta que el Congreso se encuentra en periodo de receso, por ley no podemos aprobar decretos”, explicó Juárez Lezama.
Hasta el momento, se han presentado iniciativas en la LXII Legislatura para dar cumplimiento al fallo, pero ninguna ha sido dictaminada ni aprobada.
El Congreso local mantiene que actúa dentro del marco legal, mientras activistas y colectivos han criticado la dilación como una omisión que vulnera los derechos de las infancias trans en Puebla.
La SCJN ha reiterado en fallos posteriores (como el reciente sobre Guerrero) que impedir el acceso de menores a estos procedimientos administrativos es inconstitucional y que los congresos locales están obligados a establecer mecanismos que garanticen el reconocimiento pleno de la identidad de género desde la infancia, siempre con salvaguardas para proteger el interés superior del menor.
El Congreso de Puebla tiene ahora la responsabilidad de cumplir con la sentencia y legislar en consecuencia una vez que se reanude el trabajo legislativo.
