La diputada Leonela Jazmín Martínez Ayala presentó una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado, con la finalidad de establecer que el progenitor que incumpla de manera injustificada con sus obligaciones parentales no podrá impedir el viaje al extranjero de su hijo o hija, siempre que se acrediten condiciones que salvaguarden su integridad y su interés superior.
De acuerdo con la propuesta de la legisladora, es necesario considerar mecanismos legales que eviten la negativa injustificada para realizar viajes académicos, culturales o familiares al extranjero, sobre todo, en los casos en los que persiste un incumplimiento de obligaciones parentales que generan afectaciones adicionales a niñas, niños y adolescentes.
Como parte de la reforma al artículo 601 del Código Civil se precisa que, “cuando alguno de los progenitores incumpla de manera reiterada o injustificada con las obligaciones inherentes a la patria potestad, particularmente las relacionadas con la obligación alimentaria, cuidado o convivencia con la persona menor de edad, no podrá oponerse injustificadamente ni condicionar la autorización para que la persona menor de edad viaje a otro estado del país y extranjero.
En caso de negativa injustificada, el progenitor que ejerza el cuidado efectivo podrá solicitar ante la autoridad judicial competente la autorización supletoria, misma que deberá resolverse atendiendo al principio del interés superior de la niñez”.
De igual forma, la adición del artículo 601 Bis del mismo ordenamiento indica que el juez valorará la autorización de viaje conforme a elementos de cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ejercicio efectivo de la patria potestad, razones del viaje y su duración, condiciones de seguridad y retorno de la persona menor de edad.
Finalmente, la propuesta que también suscribió el diputado Elías Lozada Ortega, pone énfasis en que la autoridad deberá resolver con carácter prioritario y expedito, privilegiando el interés superior de las y los menores.

