En la sesión ordinaria de la LXII Legislatura del Congreso del estado de Puebla, la diputada local de Acción Nacional Celia Bonaga Ruíz presentó dos iniciativas que reforman la Ley de Salud y la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla.
En el estado, existen temas pendientes en materia de salud y de mejora de condiciones laborales para mujeres que experimentan la pérdida de un bebé, ya sea durante el embarazo o poco después del nacimiento, este proceso de duelo, que suele vivirse en silencio, nos obliga a que seamos empáticos y trabajemos para atender a las familias.
Ante este escenario, la diputada de Acción Nacional presentó dos iniciativas, la primera, que reforma los artículos 56, 57 y 59 de la Ley Estatal de Salud, para establecer dentro de la atención materno-infantil, la atención multidisciplinaria y oportuna de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio, incluyendo los casos en los que haya muerte fetal o perinatal.
Asimismo, adicionar que, durante el trabajo de parto, posparto y puerperio, las mujeres tendrán derecho a ser acompañadas por la persona de su confianza y elección, salvo por razones de seguridad sanitaria; en casos de muerte fetal o perinatal, las mujeres tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria tanto de los procesos de farmacológica de la lactancia como de los correspondientes a la donación de leche humana y que los bancos de leche materna cuenten con los protocolos necesarios para recibir leche de mujeres en periodo de lactancia.
Finalmente, estipular que autoridades sanitarias del estado de Puebla deberán establecer acciones para la atención integral y multidisciplinaria de la muerte fetal y perinatal.
La segunda iniciativa reforma el artículo 26 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla, el cual establece que se les otorgue a las madres, aun en caso de muerte fetal o perinatal, el permiso de seis semanas de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto y de otras ocho semanas después del mismo.
Además de ampliar de tres a cinco días de descanso con goce de sueldo a los padres trabajadores, por muerte fetal o perinatal