La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro de parquímetros en Puebla capital, por considerar que viola la legalidad tributaria y seguridad jurídica.
En sesión pública este lunes, el Pleno invalidó el cobro de parquímetros, al resolver la acción de inconstitucionalidad 22/2023 promovida por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) del estado de Puebla, que demando la invalidez del artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del municipio de Puebla 2023.
“Se declara la invalidez del artículo 57, fracción XI de la Ley de Ingresos del municipio de Puebla para el ejercicio fiscal de 2023. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del estado de Puebla y conforme a los efectos precisados”, resolvió.
En la Ley de Ingresos 2023 del municipio de Puebla se estableció el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales, mejor conocidos como parquímetros.
La Corte destacó que en el artículo 57 no se especificaba la temporalidad de las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.
Aunado a ello, explicó que en el último párrafo de la fracción XI se establecía que las tarifas se sujetarían a los lineamientos emitidos por la autoridad municipal, lo que implicaba una violación al principio de legalidad tributaria; además de que transgredía el derecho de seguridad jurídica de los contribuyentes, pues no tenían la certeza del pago que debían realizar. Por ello, el Pleno de la Suprema Corte exhortó al Congreso de Puebla para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.