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Derivado del caso de violencia política de género, Claudia Rivera es acusada de discriminación

El Artículo 357 del Código Penal de Puebla, señala que el delito de discriminación se puede castigar con uno a tres años de cárcel; además, de pagar una multa de 10 mil a 51 mil pesos

Claudia Rivera Vivanco

Claudia Rivera Vivanco

Como parte de la denuncia de Yasmín Nalleli Flores Hernández, exconsejera jurídica del Ayuntamiento de Puebla, por violencia política de género, Claudia Rivera Vivanco, exalcaldesa de Puebla, también es acusada del delito de discriminación.

El próximo 31 de mayo se formulará la audiencia de imputación a Claudia Rivera por el delito que se le atribuye en Casa de Justicia de la ciudad de Puebla.  Así lo dictaminó el Juzgado de Control Penal y Ejecución de la Región Judicial Centro Puebla, según el acuerdo que publicó el 17 de marzo.

De la misma manera, se aprobó que Miguel Ángel Fierro Flores sea el abogado defensor de Claudia Rivera, para enfrentar los cargos por violencia política de género que se le impugnan.

Además, la expresidenta municipal tendrá que acudir al Centro de Justicia Penal para comparecer antes de que se lleve a cabo la audiencia para recolectar más información sobre le proceso.

Yasmín critica las aspiraciones de Claudia Rivera

En días pasados, Claudia Rivera ha dicho que le gustaría contender en la carrera por la gubernatura de Puebla por Morena, ya que considera que es uno de los mejores perfiles que podría ocupar el Ejecutivo en el estado; sin embargo, Flores Hernández acusó que alguien acusa de violencia política de género busque un cargo de elección popular.

Yasmín Nalleli acusa a Claudia Rivera de cometer el delito de discriminación y violencia política en su contra cuándo era integrante del Cabildo de Puebla. La demandante acusó que cuando trabaja en el ayuntamiento recibía malos tratos, sufrió acoso y tuvo un saldo inferior al de sus compañeros, por lo que acusa que estas acciones son responsabilidad de Rivera Vivanco.

Es por esto por lo que se le imputó el delito de discriminación ya que, de acuerdo con la ley poblana, todo aquel que incite al odio, la violencia, excluya a una persona, limite, viole derechos laborales o niegue algún servicio puede ser acusado de discriminación.

Lo mencionado con anterioridad se puede dar cuando alguien por origen étnico, nacionalidad, nacionalidad, género, preferencias sexuales, apariencia, estado civil, condición social, opiniones, entre otras, rompa los derechos, la dignidad humana y la libertad de una persona.

El Artículo 357 del Código Penal de Puebla, señala que el delito de discriminación se puede castigar con uno a tres años de cárcel, además de que el responsable tendrá que pagar una multa de 100 a 500 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), lo equivaldría a 10 mil 374 pesos hasta 51 mil 870 pesos.