Congreso aprobó castigar hasta con seis años de cárcel a quien incurra en ciberacoso
El Congreso del Estado aprobó sancionar con hasta seis años de prisión o multa económica a quien incurra en el delito de “ciberacoso” y aumentar la pena corporal si la víctima sufrió violencia para obtener material de carácter sexual.
Durante la sesión pública ordinaria, la diputada del Partido Encuentro Social, Nora Jessica Merino Escamilla, resaltó la urgencia para modificar el artículo 225 y 225 Bis del Código Penal de Puebla.
Subrayó que comete el delito de violación a la intimidad sexual quien, con el fin de causar daño o la obtención de un beneficio, divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda, parcial o totalmente.
Así como se trate de contenido íntimo, erótico sexual impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la víctima, por lo que se sancionará de tres a seis años de prisión y multa de 80 mil a 125 mil pesos.
“Se aprobó que las mismas sanciones del artículo 225 se apliquen a quienes obtengan de dispositivos móviles o dispositivos de almacenamiento físico o virtual, cualquier imagen, video, textos o audios sin la autorización del titular”.
Merino Escamilla enfatizó que en esta reforma se estableció que las penas de elevarán hasta en dos terceras partes en caso que haya violencia de por medio para la obtención de este material que vulnera la intimidad sexual.
