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Imparte INE Taller de la Función de Oficialía Electoral

Imparte INE Taller de la Función de Oficialía Electoral
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Ante Consejeros Electorales, funcionarios del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE), así como Vocales Ejecutivos y Secretarios distritales del Instituto Nacional Electoral (INE), se realizó en la Sala de Sesiones del IEE-Puebla, el “Curso – Taller de la Función de la Oficialía Electoral” impartido por el Mtro. Luis Alberto Hernández Moreno, Director de Oficialía Electoral y Karla Berenice de la Cruz Hermida, Jefa del Departamento de Atención a entidades federativas del INE.

En el acto de apertura, Jacinto Herrera Serrallonga, Consejero Presidente del IEE-Puebla, señaló que tras la Reforma Política Electoral de 2014 surge la figura de Oficialía Electoral y la delegación de esta función a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) de las entidades federativas, por lo que al ser una función de orden público esta será ejercida y atendida de manera oportuna a través de la Secretaría Ejecutiva y la Dirección Técnica del Secretariado para dar fe pública en estricto apego a los principios rectores de la materia electoral, de igual forma destacó el diálogo cercano con el INE y la pronta respuesta de este a las solicitudes realizadas por el IEE-Puebla.

En su intervención, Marcos Rodríguez del Castillo, Vocal Ejecutivo de la Junta Local del INE en Puebla, recalcó que la capacitación a las funcionarias y funcionarios de los órganos electorales en Puebla para el desempeño de la oficialía electoral, tiene como finalidad dotar a los funcionarios electorales de fe pública para constatar actos en la materia, toda vez que su actuación está regulada por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), el Reglamento de la Oficialía Electoral y el Manual para el ejercicio de la Función Electoral, coordinados con la Dirección del Secretariado a través de la Dirección de Oficialía Electoral.

El Vocal Ejecutivo del INE en Puebla enfatizó que el objetivo es dar fe pública para determinados sucesos, tales como constatar dentro o fuera del proceso electoral los actos y hechos que pudieran afectar la equidad en la contienda, evitar a través de su certificación que se pierdan o alteren los indicios o elementos relacionados con actos o hechos que constituyan presuntas infracciones a la legislación electoral y recabar en su caso elementos probatorios dentro de los procedimientos instruidos por la Secretaría Ejecutiva, la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral, la Unidad Técnica de Fiscalización o por las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales.

“Esta Función puede ser solicitada por los partidos políticos o por los candidatos independientes a través de sus representantes legales en un documento que exprese la condición de modo, tiempo y lugar donde se lleven a cabo las conducta a constatar y se señale la forma en la que se afecte concretamente con esa conducta el desarrollo de la contienda” subrayó Rodríguez del Castillo.

Es de destacar que la oficialía electoral equivale a la fe pública que puede realizar el INE como un órgano del Estado Mexicano o bien delegar en los OPLES para certificar hechos relativos a los procesos electorales.

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