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Diputados aprueban ley para restar fuerza a Israel Pacheco

Diputados aprueban ley para restar fuerza a Israel Pacheco
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En la sesión de este viernes y aprovechando que los reflectores estaban en la discusión de los límites territoriales, los diputados aprobaron de manera “fast track” la Ley de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Puebla, que busca restar poder al dirigente sindical, Israel Pacheco Velázquez.

El diputado por el Movimiento Ciudadano, Jorge Luis Blancarte Morales, fue el legislador que realizó la propuesta y argumentó que con esta nueva ley se contempla la posibilidad de regular la relación laboral entre los empleados del ayuntamiento y sus autoridades.

“Es la actualización a una ley que estaba vigente hasta el día de hoy, que tenía más de 35 años de no haber sido modificada y contenía cuestiones que en la actualidad no podían continuar”, expresó.

Agregó que uno de estos aspectos es la posibilidad de que se pueda conformar al interior del ayuntamiento un nuevo sindicato; esta nueva ley consta de 179 artículos.

En el tema del sindicato se instituye en el Capítulo II, en el artículo 33, que los trabajadores de base sindicalizados podrán, con fundamento en la presente ley, renunciar libremente a la organización sindical, sin que ello implique perder su base y los demás derechos que venían disfrutando.

Posteriormente, en el Capítulo X, en la sección I, se habla de los sindicatos, y en el artículo 93 se plasma que para la constitución de uno se requiere que lo formen veinte empleados o más en servicios activos y cumplan con los requisitos que disponen sus estatutos y con los que señale esta ley para el registro.

Además, que los gastos que origine el funcionamiento del sindicato serán cubiertos por los miembros de éste. En el artículo 95 de esta nueva ley, se describe que el sindicato legalmente constituido tiene capacidad para:

“I.- Adquirir bienes muebles.

II.- Adquirir bienes inmuebles, que se destinarán inmediata y directamente al objeto de su institución”.

Blancarte Morales, comentó que en el tema de las bases se elimina el concepto que el trabajador podría obtener una a las dos semanas de estar trabajando en el ayuntamiento de Puebla.

Sobre éstas, en el artículo 15 se habla que al otorgamiento de un nombramiento de base, el ayuntamiento deberá atender la eficiente prestación de los servicios públicos, la autorización de la estructura administrativa necesaria, la suficiencia presupuestal, los puestos y la necesidad permanentemente del servicio.

En cuanto al escalafón, los trabajadores que serán beneficiados (Capítulo VII, artículo 67) al inicio de cada administración municipal se convocará a que se integre la Comisión Mixta Permanente de Escalafón.

El presidente municipal al designar representantes en la comisión dará aviso al sindicato para que éste, a su vez, nombre y acredite a los miembros que le corresponden dentro del término de cinco días hábiles.

Finalmente, el ayuntamiento podrá suprimir plazas argumentando insuficiencia presupuestal, ya que así quedó plasmado en el Capítulo IX, artículo 88, que a la letra dice:

“En los casos de supresión de plazas, debido a limitaciones presupuestales, desequilibrio económico o a causa de fuerza mayor, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les ubique en otra equivalente en categoría y sueldo a la suprimida, o bien se les indemnice con tres meses de sueldo.

En los casos de supresión de plazas originados por situaciones presupuestales o por cambios de estructura orgánica municipal de empleados de confianza, únicamente tendrán derecho a que se les cubran las partes proporcionales. Tal situación se hará respetando estrictamente la dignidad humana del trabajador”.